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Tribunal Ambiental autorizó a la SMA para dictar nueva clausura del Relleno Sanitario Santa Marta

La autorización tendrá una vigencia de 30 días corridos, contados desde que la SMA notifique a Consorcio Santa Marta.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Viernes 26 de agosto de 2016 a las 18:05 hrs.
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La ministra de turno del Tribunal Ambiental de Santiago, Ximena Insunza, autorizó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para decretar una nueva medida de clausura temporal parcial de las instalaciones del Relleno Sanitario Santa Marta, por el saldo disponible del volumen de capacidad de recepción de la Celda N°1, recalculado en 1.080.000m3.

La autorización tendrá una vigencia de 30 días corridos, contados desde que la SMA notifique a Consorcio Santa Marta.

Cabe destacar que entre los nuevos antecedentes entregados al Tribunal por el ente fiscalizador, se encuentra un nuevo cálculo de capacidad de recepción de residuos de la Celda N°1, realizado por la empresa y validado técnicamente por la Seremi de Salud Metropolitana.

Inicialmente se manejaba un volumen estimado de 810.000 m3, y el recalculo arrojó un volumen total de 1.080.000 m3. Según la documentación aportada por la SMA, la empresa comunicó que la mencionada celda alcanzará el límite de 810.000 m3 aproximadamente del 28 de agosto de 2016.

"Que, de acuerdo con lo señalado en las consideraciones precedentes, lo consignado en los Memorándums DFZ Nº 329/2016 y D.S.C. Nº 440/2016, donde consta que la empresa no ha logrado acreditar la estabilidad necesaria para poder operar la totalidad del relleno y que el nuevo volumen se encuentra suficientemente acreditado y validado por la autoridad competente, es claro para esta Ministra que existe en la actualidad un escenario de riesgo o daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas de la Región Metropolitana -en particular, la población aledaña al relleno sanitario-, el que debe necesariamente prevenirse a través de la medida solicitada", dice la resolución.

A mediados de enero de este año, y tras el incendio que lo afectó, el Tribunal autorizó la detención del funcionamiento de las instalaciones del relleno sanitario, por un plazo de 15 días hábiles, como una medida cautelar antes que el ente fiscalizador iniciara el procedimiento administrativo sancionatorio respectivo. Una vez que la SMA formuló cargos contra Consorcio Santa Marta S.A., abriendo un procedimiento administrativo sancionatorio, el Tribunal Ambiental autorizó una vez y renovó otras seis, además de autorizar una nueva medida en esta ocasión, todas ellas por el plazo de 30 días corridos.

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