Retail

Sernac sale al paso de recurso de La Polar para declarar inadmisible demanda en su contra

Argumentó que se está mal interpretando la Ley del Consumidor, dado que el haber participado en un juicio similar con anterioridad, no la imposibilita de impulsar esta nueva arista.

Por: Rodrigo Olivares | Publicado: Martes 13 de marzo de 2018 a las 18:28 hrs.
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La batalla legal que lleva adelante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) contra Empresas La Polar por el presunto refinanciamiento no informado de la multitienda a sus clientes en el marco del proceso de migración a la Tarjeta La Polar Visa sigue avanzando en el 29º Juzgado Civil de Santiago.

En un nuevo enfrentamiento, el organismo de protección al consumidor salió al paso del recurso de inadmisibilidad presentado por La Polar a principios de este mes. En este, el retailer aseguró que el Sernac "precluyó" en su derecho a asumir la representación de los consumidores, pues ya había litigado sobre los mismos hechos en otro tribunal.

Ante esto, el organismo estatal ingresó un nuevo escrito el lunes, en que señala que "la circunstancia de que el juicio promovido ante el Juzgado de Policía Local de San Miguel, la sociedad demandada haya sido Inversiones SCG S.A. y no las demandadas de autos, no impide a nuestras representadas alegar la falta de legitimación activa en estos autos, toda vez que con motivo del avenimiento al que llegaron las partes en la causa Rol 2957-2017-2, se desprende que el Sernac por sus propios hechos ha renunciado al interés definido en ley". 

En mayo del año pasado, Sernac interpuso una denuncia infraccional ante el Juzgado de Policía Local de San Miguel en contra de la sociedad Inversiones SCG S.A., causa en la que se hizo parte. En este marco, invocó el artículo de la Ley de Protección del Consumidor, que dispone que es su obligación hacerse parte en aquellas causas que comprometan los intereses generales de los consumidores.

En la conclusión de este caso, la demandada acusa que el Sernac reconoció judicialmente que los hechos denunciados –también relacionados al traspaso su tarjeta a Visa- no fueron constitutivos de infracción alguna respecto de la Ley de Protección del Consumidor y por lo mismo, no puede volver a invocar los mismos hechos para ejercer una nueva demanda.

 

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