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CMF sanciona a Ruiz-Tagle y Mosa por uso de información privilegiada en Blanco y Negro

El organismo regulador del mercado de valores sancionó al exministro de Deportes por uso de información privilegiada. Recibió una sanción de 7.500 UF y la prohibición de ejercer como director de una sociedad anónima abierta por cinco años.

Por: Nicolás Cáceres E. | Publicado: Martes 12 de noviembre de 2019 a las 10:59 hrs.
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Aníbal Mossa, actual presidente de Blanco y Negro (ByN) junto a Gabriel Ruiz-Tagle, exministro de Deportes y expresidente de ByN. Foto: Agencia Uno
Aníbal Mossa, actual presidente de Blanco y Negro (ByN) junto a Gabriel Ruiz-Tagle, exministro de Deportes y expresidente de ByN. Foto: Agencia Uno

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Una bomba explotó esta mañana en Colo-Colo. Esta vez no son resultados deportivos, sino que su gobierno corporativo.

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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) comunicó que el expresidente de Blanco y Negro y exministro de Deportes, Gabriel Ruiz-Tagle, se autodenunció ante la Comisión, solicitando el beneficio de colaboración compensada (similar a la delación compensada en libre competencia) por uso de información privilegiada con acciones de Colo-Colo, hecho que reconoció al regulador.

Según consta en la Resolución Exenta N° 7604 del 8 de noviembre de 2019, el Consejo llegó a la convicción de que el ex presidente del directorio de Blanco y Negro, Gabriel Ruiz-Tagle  infringió, en primer lugar, el deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir valores estando en posesión de información privilegiada.

Gabriel Ruiz Tagle infringió el mencionado deber de abstención en las adquisiciones de acciones de Colo Colo que realizó a través de su sociedad relacionada, Inversiones III Ltda., el 29 de mayo de 2018. Las operaciones se ejecutaron estando él en posesión de información privilegiada al haber conocido, el día anterior, los estados financieros de Blanco y Negro S.A. al 31 de marzo de 2018. Estos habían sido aprobados por el directorio y aún no eran publicados.

Gabriel Ruiz Tagle también infringió la prohibición de usar esa misma información privilegiada en beneficio propio en las ventas de acciones realizadas por Inversiones III Ltda. el mismo día 29 de mayo de 2018, evitando de esta manera una pérdida por la baja en el precio de las acciones de Colo Colo luego de publicarse los referidos estados financieros. Según consta en la declaración prestada por él ante la Comisión, en su opinión, las acciones presentaban un precio muy elevado en relación a su valor económico.

La multa de la CMF a Gabriel Ruiz-Tagle Correa, es de 7.500 UF ($210 millones), como resultado de una rebaja del 50% a la multa de 15.000 Unidades de Fomento que correspondía aplicar, por infracción al inciso primero del artículo 165 de la Ley N°18.045.

Asimismo, la CMF sancionó a Ruiz-Tagle con una sanción accesoria de inhabilidad temporal por 5 años, para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal de las entidades descritas en el artículo 36 y en el inciso 37 primero del artículo 37, ambos, del D.L. N°3.538.

Su máximo rival en el cuadro albo, Aníbal Mosa, también fue sancionado por la CMF.  Según consta en la Resolución Exenta N° 7603 del 8 de noviembre, luego de la realización de un procedimiento sancionatorio instruido por la Unidad de Investigación y analizados los descargos y pruebas rendidas, el Consejo resolvió aplicar al director de Blanco y Negro a Aníbal, una multa a beneficio fiscal de 10.000 UF ($ 280 millones) por infracción al deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir acciones estando en posesión de información privilegiada.

La resolución detalla que Mosa  infringió el mencionado deber de abstención en las adquisiciones de acciones de Colo Colo que realizó a través del Fondo de Inversión Parinacota el 29 de mayo de 2018,  que se ejecutaron estando en posesión de información privilegiada, consistente en el conocimiento de los estados financieros de Blanco y Negro al 31 de marzo de 2018, aprobados por él en el directorio el día anterior y a esa fecha aún no publicados ni divulgados al mercado.

La infracción al deber de abstención se confirma puesto que el investigado mantuvo la misma posición compradora de acciones que había desarrollado con anterioridad a acceder a la información privilegiada. Esto, asociado a la motivación que esgrime para sus compras -mejorar su posición política dentro de la sociedad- descarta la hipótesis agravada de uso de información privilegiada.

Sanciones por préstamos no informados

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) también informó que resolvió sancionar a siete directores y exdirectores de la sociedad anónima Blanco y Negro, consecionaria del club de fútbol Colo-Colo, por infracciones al artículo 147 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas, que establece las exigencias y el procedimiento aplicable para aprobar operaciones con partes relacionadas en sociedades anónimas abiertas.

El artículo 147 de la Ley N° 18.046 señala que una sociedad anónima abierta sólo podrá celebrar operaciones con partes relacionadas cuando éstas tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación. Adicionalmente, dicha norma establece el procedimiento que debe seguirse para la aprobación de este tipo de operaciones.

El 8 de noviembre de 2019, tras un procedimiento sancionatorio instruido por la Unidad de Investigación de la CMF, se determinó la existencia de infracciones al procedimiento para celebrar operaciones con partes relacionadas respecto de una serie de préstamos otorgados a Blanco y Negro por el Fondo de Inversión Privado Parinacota, relacionado a Aníbal Mosa, durante los años 2015, 2016 y 2017.

Lo anterior, atendido que los referidos préstamos, que tienen la condición de ser operaciones con partes relacionadas conforme a la Ley de Sociedades Anónimas, no habrían sido evaluados ni aprobados por el directorio de Blanco y Negro conforme al procedimiento prescrito en el citado artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Al respecto, la resolución consigna la gravedad de las infracciones detectadas por cuanto el procedimiento definido por la Ley de Sociedades Anónimas para la aprobación de operaciones con partes relacionadas es obligatorio para la sociedad, sus directores y ejecutivos.

En razón de lo anterior, y habida consideración de los antecedentes recopilados durante la investigación y el análisis de descargos y pruebas rendidas durante el proceso sancionatorio, el Consejo de la Comisión resolvió aplicar las siguientes sanciones:

-Yakob Aníbal Mosa Shmes: multa a beneficio fiscal de 500 UF ($ 14 millones), por cuanto en su calidad de presidente del directorio y director involucrado no llevó a aprobación del directorio de Blanco y Negro diversos préstamos otorgados a la sociedad por su entidad relacionada Fondo de Inversión Privado Parinacota, como también por su participación en la celebración de dichas operaciones sin contar con dicha aprobación.

-Paul Fontaine Benavides: multa a beneficio fiscal de 400 UF ($11 millones), por haber aprobado en sesión de Directorio una operación con parte relacionada sin haber fundamentado la decisión en los términos exigidos por el artículo 147 de la Ley N° 18.046, y asimismo por haber concurrido a la celebración de otras operaciones de préstamos otorgados a Blanco y Negro  por una entidad relacionada, sin que éstas hayan sido sometidas a aprobación del directorio de la sociedad,

-Leonardo Battaglia Castro: multa a beneficio fiscal de 100 UF ($2,8 millones), por haber aprobado en sesión de Directorio una operación con partes relacionadas sin haber fundamentado la decisión en los términos exigidos por el artículo 147 de la Ley N° 18.046, y asimismo por haber concurrido a la celebración de otras operaciones con una entidad relacionada a Blanco y Negro sin que ésta haya sido sometida a aprobación del directorio de la sociedad y;

-Leonidas Vial Echeverría, Alejandro Zúñiga Droguett, Pablo Acchiardi Lagos y Pablo Morales Ahumada: sanciones de censura, por haber aprobado en sesión de Directorio una operación con partes relacionadas sin haber fundamentado la decisión en los términos exigidos por el artículo 147 de la Ley N° 18.046.

Sancionan a Ruiz-Tagle por uso de información privilegiada

En paralelo, la CMF comunicó que el expresidente de Blanco y Negro y exministro de Deportes, Gabriel Ruiz-Tagle, se autodenunció ante la comisión, solicitando el beneficio de colaboración compensada (similar a la delación compensada en libre competencia).

A diferencia del otro grupo de directores de Blanco y Negro, Ruiz-Tagle se autodenunció por Ey reconoció su participación en las operaciones de acciones Colo Colo llevadas a cabo el día 29 de mayo de 2018, haciendo uso de información privilegiada, en cuanto al deber de abstención que debía ejercer.

"El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero ha considerado y ponderado todas las presentaciones, antecedentes y pruebas contenidos y hechos valer en el procedimiento administrativo, llegando al convencimiento de que el investigado ha infringido lo dispuesto en el inciso primero del artículo 165 de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores", dice la resolución de sanción.

La multa de la CMF a Gabriel Ruiz-Tagle Correa, es de 7.500 UF , como resultado de una rebaja del 50% a la multa de 15.000 Unidades de Fomento que correspondía aplicar, por infracción al inciso primero del artículo 165 de la Ley N°18.045.

Asimismo, la CMF sancionó a Ruiz-Tagle con una sanción accesoria de inhabilidad temporal por 5 años, para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal de las entidades descritas en el artículo 36 y en el inciso 37 primero del artículo 37, ambos, del D.L. N°3.538.

 

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