DF Constitucional

Duro revés para Comisión de Medio Ambiente, sólo un inciso y un epígrafe de Bloque A pasan a borrador de nueva Constitución

Tras la votación de los 40 artículos del Bloque A propuestos, el pleno sólo aprobó el inciso 2 del artículo 1 y el epígrafe “Crisis Climática”. Los 39 restantes y un inciso, vuelven a la comisión para recibir indicaciones.

Por: Alejandra Rivera | Publicado: Viernes 4 de marzo de 2022 a las 20:55 hrs.
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Casi la totalidad de las iniciativas propuestas en el Bloque A, retornan a la Comisión para segundo informe.
Casi la totalidad de las iniciativas propuestas en el Bloque A, retornan a la Comisión para segundo informe.

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Alrededor de las 21 horas finalizó la votación de las indicaciones a las seis normas del Bloque A que pasaron de la discusión en general a la particular, propuestas por la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico, la que arrojó un crudo resultado para sus proponentes, sólo un inciso y un epígrafe pasaron al borrador de la nueva Constitución.

El jueves pasado el pleno inició la votación en general de los 40 artículos del primer informe de la comisión que incluye seis temáticas, Crisis Climática; Medio Ambiente, biodiversidad, principios de la bioética y bienes naturales comunes; Derechos de la Naturaleza. De ellos, sólo seis - artículos 1°, 5°, 23°, 25°, 33° y 37- alcanzaron el quórum de dos tercios (103 votos) para ser aprobados, el resto, regresa a la comisión para indicaciones y un segundo informe.

La votación, que estuvo marcada por la falta de quórum, también registro un número importante de abstenciones. El detalle es el siguiente:

Artículo 1°: "Crisis Climática y ecológica"

Se rechazó la única indicación presentada por el constituyente Bernardo Fontaine. Luego, el artículo se votó por separado.

El inciso 1, "El Estado reconoce la existencia de la crisis climática y ecológica como consecuencia de la actividad humana" se rechazó, con 101 votos a favor, 45 en contra y seis abstenciones.

El inciso 2, que establece que "El Estado promoverá el diálogo, cooperación y solidaridad internacional para adaptarse, mitigar y afrontar la crisis climática y ecológica y proteger la Naturaleza", fue aprobado por 106 votos a favor, 37 en contra y 18 abstenciones pasa al borrador de la Nueva Constitución.

También se aprobó el epígrafe del párrafo, "Crisis climática", con 115 votos a favor, 11 en contra y 26 abstenciones.

-Artículo 5°: "Deberes del Estado con la naturaleza"

Se rechazó la indicación presentada por el constituyente Fontaine, y el artículo completo se rechazó con 101 votos a favor, 42 en contra y 10 abstenciones, por lo tanto, vuelve a la Comisión de Medio Ambiente para recibir indicaciones en un segundo informe.

-Artículo 23°: "Derechos de los animales"

Se rechazaron las indicaciones renovada n° 339 y n° 331, ambas propuestas por el constituyente Fontaine para reemplazar el artículo.

Inciso 1, "El Estado protegerá a los animales, reconociendo su sintiencia, individualidad y derecho a vivir una vida libre de maltrato", fue rechazada por 100 votos a favor, 29 en contra y 25 abstenciones, por lo tanto, vuelve a la Comisión de Medio Ambiente para indicaciones.

Inciso 2, "La ley establecerá los demás derechos de los animales, un servicio público para su protección y no extinción, una acción par su tutela, el resguardo de su hábitat y la prohibición de prácticas que los sujeten a tratos crueles", fue rechazada por 77 votos a favor, 34 en contra y 31 abstenciones.

-Artículo 25°: "Educación y empatía hacia los animales"

El artículo que estable que "El Estado fomentará una educación basada en la empatía hacia los animales y propenderá, a través de la ley, sus órganos y políticas públicas, al bienestar animal", fue rechazada por 99 votos a favor, 19 en contra y 55 abstenciones.

-Artículo 33: "Derecho de participación ambiental"

El artículo que "reconoce el derecho de participación vinculante e incidente en la toma de decisiones ambientales. Los mecanismos de participación serán determinados por ley", fue rechazado por 90 votos a favor, 42 en contra y 21 abstenciones, y retorna a la comisión para recibir indicaciones para el segundo informe.

Artículo 37°: "Acceso a información ambiental"

El artículo que establece el "Derecho de acceso a la información ambiental. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información ambiental pública, que conste en poder o custodia del Estado, y de las empresas, instituciones y organismos que presten servicio al Estado. La ley promoverá la generación, recopilación, preservación y difusión de la información ambiental para cumplir con los derechos establecidos en este párrafo", fue rechazado con 97 votos a favor, 33 en contra y 22 abstenciones.

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