Sostenibilidad

Presentan el reglamento del Primer Mercado Nacional de Carbono

Las empresas podrán compensar parte o todas sus emisiones gravadas a través de compras de certificados de reducción de emisiones verdes. El reglamento, está actualmente en consulta pública hasta septiembre y estaría operativo en 2023.

Por: Amanda Santillán | Publicado: Jueves 5 de agosto de 2021 a las 12:16 hrs.
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El reglamento se encuentra en consulta pública hasta septiembre y pretende entrar en funcionamiento en 2023.
El reglamento se encuentra en consulta pública hasta septiembre y pretende entrar en funcionamiento en 2023.

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Esta mañana la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, presentó el reglamento del Primer Mercado Nacional de Carbono, cuya consulta pública concluye el 3 septiembre- y que busca entrar en funcionamiento en febrero de 2023.

Este reglamento busca reemplazar al reglamento actual- existente desde 2017- que concibe impuestos a industrias que funcionan con calderas y/o turbinas con potencia superior a los 50 megawatts, además de fijar un cobro por contaminantes globales de dióxido de carbono (CO2) y contaminantes locales, como material particulado, óxido de nitrógeno y dióxido de azufre.

La nueva propuesta establece que las empresas que emitan 25.000 toneladas de CO2 al año o 100 toneladas de material particulado al año deben pagar impuestos verdes por sus emisiones. Las empresas podrán compensar parte o todas sus emisiones gravadas, a través de compras de certificados de reducción de emisiones verdes, sentando las bases del primer mercado de carbono de Chile.

Los proyectos verdes de compensación estarán sujetos a las exigencias adicionales, es decir, que sean medibles, verificables y permanentes. Junto con criterios de sustentabilidad de línea de base realista y creíble, trazabilidad y resguardar impactos no deseados.

Además, entre las obligaciones de las empresas estará describir cómo se relacionan o aportan a los compromisos establecidos en los Contribuciones Nacionalmente Determinados (NDC), mientras que aquellos de soluciones basadas en la naturaleza (SbN) deben describir el uso de área intervenida de los últimos 10 años.

Los proyectos no pueden ser utilizados en las mismas fuentes que deben pagar impuestos, no pueden generar un aumento en las emisiones de otro contaminante afecto y no podrán compensar las actividades que deban cerrar por incumplimiento de la norma aplicable o término de su vida útil.

El reglamento también establece un incentivo a proyectos de mediana escala y SbN, teniendo la posibilidad de que las empresas puedan agruparse con un solo representante ante la autoridad, con el fin de disminuir las barreras de entradas.

El procedimiento para certificar proyectos cuenta de tres etapas de evaluación, verificación de reducciones producidas y certificación, pasando por la subsecretaría del medio ambiente y la superintendencia del medio ambiente, que llevarán a cabo un registro nacional de proyectos de compensación.

La consulta ciudadana del reglamento termina este 3 de septiembre y se espera que durante el primer semestre del próximo año tenga la aprobación de la Contraloría.

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