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Contadores plantean migrar a régimen único para empresas 100% integrado y ampliar el 14 ter

Otras ideas son ampliar la ventana transitoria para pago de FUT histórico y cambios a ganancias por bienes raíces.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Martes 12 de junio de 2018 a las 04:00 hrs.
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A fines de mayo, el Colegio de Contadores remitió al Ministerio de Hacienda un documento de 27 páginas que resumía su propuesta para simplificar la reforma tributaria, a tres meses de que venza el plazo autoimpuesto por el Ejecutivo para enviar al Congreso la modernización del Código Tributario.

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En el texto, firmado por el presidente Alejandro Vera, la secretaria Mónica Pérez, el tesorero Pablo Álvarez, y el presidente de la Comisión Tributaria, Luis Torres, el colegio profesional hace nueve propuestas para simplificar el sistema, partiendo por proponer la creación de un régimen único para las grandes empresas, eliminando la convivencia entre integración parcial y renta atribuida.

¿La justificación? Según el colegio, la convivencia entre los dos regímenes “violenta” el principio de equidad horizontal, ya que las rentas del capital están expuestas a un pago de impuesto final que es “significativamente mayor” que el resto de los contribuyentes.

Como ejemplo, señala que un emprendedor estructurado como una sociedad por acciones (SpA) debe pagar como empresa un 27%, pero al no estar 100% integrado con el tributo personal, termina pagando un 44,45%.

En esta línea, propone un sistema único 100% integrado y con una tasa de 27% para las grandes empresas, con pago de impuestos sobre la base de los retiros realizados: “Este cambio vendría a evitar la distorsión del crédito sujeto a restitución, que eleva la tributación hasta en un 44,4%. De esta manera, la tasa máxima llega al 35%”, explica el colegio.

¿Qué pasa con el resto de las compañías, como las Pyme? El ente propone ampliar el régimen del 14 ter, aumentando de 50 mil UF anuales a 100 mil UF anuales de ventas el tope para integrarse a dicho sistema simplificado, el que considera una contabilidad más liviana para las compañías y eximirse del pago del Impuesto de Primera Categoría.

Adicionalmente, recomiendan que el tiempo de mantención en el régimen sea “optativo” y no por los cinco años que establece la ley.

Asimismo, apuntan a eliminar las restricciones de las formas societarias, abriendo la puerta a las sociedades anónimas cerradas solo cuando los accionistas sean personas naturales.

“La Ley actual, lejos de contemporizar con los principios que informan los sistemas tributarios modernos, lo que hace es incorporar elementos que aparte de discriminatorios, resultan difíciles de entender y, consecuentemente, de aplicar”, señala el texto.

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Las otras ideas en la mesa de análisis

Adicionalmente, el colegio -presidido por Alejandro Vera, en la foto- sugiere reponer la norma que permite la reinversión de utilidades de una empresa en otra con la suspensión del Impuesto Global Complementario, condicionado a que dichos recursos vayan a trabajo o a bienes de capital.
Respecto a las normas de fiscalización asociadas a mayores requerimientos de información de parte del Servicio de Impuestos Internos (SII), el organismo apunta a establecer una norma que delimite las atribuciones del servicio para solicitar información vía declaraciones juradas, separando entre los datos necesarios para el cálculo del Impuesto a la Renta y los que requiere en función de políticas específicas de fiscalización o control interno. También busca que el SII se inhiba de solicitar información a contribuyentes que ya posee en sus registros.
Así, plantean que la fecha límite de presentación del formulario 22 de declaración para los empresarios y empresas sea el 30 de junio de cada año, y que el SII adelante a mayo el proceso de corrección de la información enviada por los contribuyentes.
Respecto a los bienes raíces, la asociación profesional enfatiza que deben corregirse mecanismos para aplicar el IVA cuando la utilidad de una venta inmobiliaria sea superior a las 8 mil UF, proponiendo que se reponga la exención para personas naturales y que no estén dedicadas a ese giro, limitando la tributación solo a cuando exista habitualidad declarada o por el número de operaciones realizadas en menos de un año.
También el Colegio de Contadores apunta a reabrir la venta transitoria para realizar retiros desde el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) acumulado, permitiendo que los saldos pendientes de tributación al 31 de diciembre de 2016 puedan ser retirados a una tasa especial de 32% o una tasa anual adicional de 2% hasta que se extingan dichos montos.

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