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Empresas que cometan delitos ambientales arriesgan perder contratos con el Estado

Articulado castiga la obstrucción a la fiscalización de la SMA y la entrega de información falsa a dicha entidad.

Por: Karen Peña | Publicado: Lunes 21 de enero de 2019 a las 15:54 hrs.
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Tras diversas diferencias entre los Ministerios de Medio Ambiente y Justicia, finalmente el Presidente Sebastián Piñera presentó hoy en La Moneda el proyecto de ley que permite castigar penalmente los daños ambientales, la que calificó "absolutamente necesaria porque el desarrollo tiene que ser sustentable e inclusivo".

La iniciativa, que se plantea como un instrumento preventivo y disuasivo de conductas graves contra el medio ambiente complementando la normativa vigente en materia ambiental, tiene tres objetivos: sancionar las principales hipótesis de grave daño ambiental, potenciar el rol de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en la persecución de determinados delitos e incorporar los delitos ambientales en la ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

"Este proyecto que enviaremos hoy al Congreso establece mecanismos de prevención. Todas las empresas van a tener que tener un disgnóstico de los riesgos ambientales que están enfrentando y un plan de acción para enfrentar de forma eficaz esos riesgos ambientales. Todas las empresas van a tener que tener un diagnóstico de riesgos, un plan para enfrentarlos y personas que se hagan responsables de ese diagnóstico y de ese plan, proque siempre es mejor prevenir que curar", indicó el mandatario.

Sin embargo, agregó, "aquellos que no cumplan con la ley o con su obligación, tendrán que enfrentar sanciones, por esa razón este proyecto establece una sanción penal para aquellos que produzcan daños ambientales de carácter grave en algunos casos irreparables o de menoscabo al medio ambiente. Sanciones serán civiles a través de multas y en los casos más graves tambié penales con privación de libertad".

Rol de la SMA

Sobre el rol de la SMA, indicó que este proyecto le da más instrumentos y herramientas para supervisar los diagnósticos, planes preventivos y para investigar y aplicar sanciones que correspondan dentro del debido proceso.

En este punto, el mandatario destacó que el nuevo articulado define dos nuevos delitos que buscan facilitar la labor de la entidad fiscalizadora. El primero, sanciona la obstrucción a la fiscalización de la SMA y, el segundo, castiga la entrega de información falsa a la SMA relacionada al cumplimiento de obligaciones impuestas en virtud de normas de emisión y de calidad, y planes de prevención o descontaminación.

Sanciones

El proyecto presentado toca a las personas y a las empresas. En el caso de las primeras, se indica que quien dolosamente genere grave daño al medio ambiente será sancionado con presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a tres años) y multa de 501 a 700 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que representa entre $ 24,2 y $ 33,8 millones.

Mientras, si se acredita el daño en áreas de alto valor ecológico como una reserva nacional, el castigo va de 541 días a cinco años de cárcel y una multa de 801 a 1.000 UTM, equivalente a $ 38,7 y $ 48,3 millones, respectivamente.

En tanto, en el caso de las personas jurídicas (empresas), se incorpora el delito ambiental como una conducta penalizada en la ley 20.393 que actualmente sanciona -por ejemplo- el cohecho y el lavado de activos.

Así el proyecto establece que las personas jurídicas serán responsables de estos delitos si se establece que fueron posibles por el incumplimiento de dirección y supervisión, exponiendo a las empresas a la prohibición temporal de celebrar actos y contratos con el Estado, pérdida de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de estos de dos hasta tres años. Incluso, arriesgarán multas que van desde las 400 a 40.000 UTM.

La ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, precisó que si las empresas no tiene mecanismos de control y producen daño ambiental pueden tener penas que van desde uno hasta cinco años de cárcel si es un área protegida y hasta tres años si es una zona natural. "El foco principal del proyecto es que las empresas tengan mecanismos de control y de prevención al daño ambiental", enfatizó.

Sin profundizar en la crisis de Quintero que de alguna manera motivó la premura de esta iniciativa, la ministra se limitó a comentar que el proyecto "tiene relación con la prevención para que no tengamos casos de daño ambiental. Por lo tanto, todas las empresas -tanto aquellas que tengan Resolución de Calificación Ambiental como las que no- están sometidas a esta legislación que establece la obligación de todas las empresas de tener mecanismos de control y encargados responsables".

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