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Fiscalización a distancia: SII se ha conectado a los sistemas informáticos de 17 empresas desde junio

Servicio enfatiza que potestad se ejercerá de manera “extraordinaria y será garantista”. Organismo busca acceder a documentos para establecer posibles diferencias de impuestos.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Lunes 16 de abril de 2018 a las 04:00 hrs.
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Como parte de la reforma tributaria, el Servicio de Impuestos Internos (SII) goza de una nueva facultad: fiscalizar a distancia a los contribuyentes, a través de la conexión a sus plataformas informáticas desde cualquier ubicación.

El 19 de junio de 2017, el organismo publicó la resolución exenta N° 56 que rige el procedimiento. Y, desde entonces, la entidad ha comenzado a notificar a los primeros contribuyentes del inicio del proceso de fiscalización y la solicitud para conectarse a sus sistemas.

¿Cuál es el balance? Cifras del SII muestran que a casi diez meses de la publicación, el organismo ha iniciado 17 casos usando la facultad del 60 bis del Código Tributario. El total corresponde a requerimientos de conexión a empresas.

Del desglose, el servicio revela en un oficio firmado por el subdirector de Fiscalización, Víctor Villalón, que 13 pericias corresponden al segmento grandes contribuyentes, mientras que las restantes cuatro a medianas empresas.

En cuanto a la modalidad, en 16 oportunidades el SII solicitó perfiles de acceso para ingresar a los sistemas contables de la empresa y en una ocasión requirió la conexión directa a las bases de datos del contribuyente.

Desde la Subdirección de Fiscalización del organismo explican que el proceso se ha llevado a cabo de manera “normal” y enfatizan que su uso no es “extendido”, sino que la potestad se ejercerá de manera “extraordinaria” y será “garantista” de no violar los derechos de las personas.

¿Cómo se hace?

En la entidad ejemplifican lo “garantista” de la auditoría tributaria computacional -como prefieren llamarla formalmente- mediante el hecho de que los fiscalizadores del servicio tienen que cumplir una serie de etapas antes de conectarse a los sistemas de las empresas.

Por ejemplo, el SII debe notificar al contribuyente de la solicitud para realizar la conexión, dándole un plazo específico para prepararse para el inicio de la fiscalización. Además, se le informará a qué datos se accederá, el fiscalizador deberá levantar un acta de la información extraída -la que incluirá posibles quejas y observaciones al proceso de conexión- y, en el caso que se establezca si se detectan diferencias de impuestos, no podrá extenderse por más de doce meses.

En el servicio explican que la facultad fiscalizadora se ejerce de tres maneras: en terreno con el contribuyente; a distancia (60 bis); y en las mismas oficinas del SII a la que arriban las personas naturales o los representantes de las compañías a entregar los antecedentes.

Para graficar, desde la subdirección comentan que potestades como esta se aplican ya en países de la OCDE, como Francia, Inglaterra, Estados Unidos y Alemania.

¿Qué se busca?

Desde el SII explican que la fiscalización tecnológica aplica para comprobar potenciales diferencias de impuestos entre lo informado por el contribuyente y lo detectado por el servicio.

Para esto, se podrá acceder a una serie de informaciones de los contribuyentes, como -entre otras- las cuentas incobrables, los gastos necesarios para producir la renta, los balances, los libros, la renta líquida, los movimientos de inventario, las depreciaciones de activos y el mismo sistema informático utilizado por el contribuyente para llevar su contabilidad, de forma de establecer posibles errores de parámetros.

“La idea de acceder a distancia es procesar datos que por su magnitud es imposible realizar a mano y presencialmente. Esto ahorra tiempo para el servicio y para el contribuyente”, enfatizan en el SII. Un ejemplo son los libros de contabilidad.

De hecho, el servicio creó grupos especializados para ejercer la normativa, radicándose uno en la Dirección de Grandes Contribuyentes (DGC) y otra en la Subdirección de Fiscalización, con siete personas que integran un grupo multidisciplinario.


El ABC del proceso

¿Cómo se conecta?

En un proceso de fiscalizació, el SII debe notificar al contribuyente de la necesidad de conectarse a sus sistemas informáticos, informándole de los datos a los que accederá y levantando un acta cada vez que se conecte. El fiscalizador requerirá perfiles de acceso y deberá detallar en el acta qué información extraerá.

¿Qué se busca?

Establecer posibles diferencias de impuestos. El SII podrá acceder a, entre otros documentos, los balances, la renta líquida, los movimientos de inventario y el software utilizado para llevar la contabilidad. Esto último para establecer posibles errores de parámetros.

¿Por qué a distancia?

El SII tiene tres maneras de fiscalizar: en terreno, asistiendo a la oficina del contribuyente; en la sede del SII, donde las personas o los representantes de las empresas asisten para entregar antecedentes; y a distancia. La idea de la auditoría tecnológica es procesar datos cuyo tamaño haría imposible hacerlo de forma presencial.

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