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Fiscalización remota: SII notifica a primeros contribuyentes e inicia análisis de sistemas informáticos

A fines de junio se publicó en el Diario Oficial la resolución que norma el procedimiento. Empresas han contactado a auditoras por dudas sobre el procedimiento.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Jueves 27 de julio de 2017 a las 04:00 hrs.
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Como parte de la reforma tributaria, el Servicio de Impuestos Internos (SII) goza de una nueva facultad: fiscalizar remotamente a los contribuyentes, a través de la conexión a sus plataformas informáticas desde cualquier ubicación y en cualquier momento.

El 27 de junio, el Diario Oficial publicó la resolución del organismo que rige el procedimiento. Y, desde entonces, la entidad ha comenzado a notificar a los primeros contribuyentes del inicio del proceso de fiscalización y la solicitud para conectarse a sus sistemas.

El proceso, reglado mediante la resolución N° 56 de este año, ha generado una serie de dudas entre los contribuyentes, quienes se han volcado en masa a sus asesores tributarios para prepararse ante la nueva potestad del fiscalizador.

Acorde al documento del SII, la notificación al contribuyente deberá incluir los perfiles de acceso o privilegio y la información (contable y tributaria) a la cual se pretende acceder, entre otros puntos. El subdirector de Fiscalización del organismo, Víctor Villalón, llama a los contribuyentes a la tranquilidad ante las dudas que puedan surgir (ver entrevista express).

Lo que inquieta al mercado

El director del grupo tributario de Albagli Zaliasnik, Camilo Béjar, advierte que hay “mucho desconocimiento” de los clientes e, incluso, de parte de ciertas industrias “particularmente sensibles” al ejercicio de esta facultad, como las que se dedican a los servicio de outsourcing contable o de teneduría de libro. “Los clientes no están preparados aún para esto y es urgente que comiencen a hacerlo”, dice.

El socio líder de Tax & Legal de Deloitte, Joseph Courand, plantea que la principal “inquietud” del mercado pasa por la mantención de la confidencialidad de la información entregada al SII en la fiscalización. “La mayor problemática es la eventual fuga de información y la aplicación de sanciones en caso que el fiscalizador no pueda acceder a los sistemas del contribuyente”.

Christian Delcorto, socio de Consultoría en Desempeño Tributario de EY, enfatiza que el principal desafío para las compañías es generar las condiciones para que el SII acceda a los sistemas informáticos y designar a un encargado que atienda la fiscalización. “Las empresas no están preparadas para afrontar procesos de auditoría del SII en el ámbito del 60 bis”, explica.

“Existe cierto recelo con que el SII se convierta en el gran hermano que tiene conocimiento de todo lo que ocurre internamente en las empresas. También hay cierto temor al acceso de los funcionarios del SII a secretos industriales o a información confidencial estratégica”, recalca el socio de Tax & Legal de BDO, Rodrigo Benítez.

Germán Campos, socio del Área Legal y Tributaria de PwC, señala que la nueva potestad obligará a que las áreas tributarias de las empresas se relacionen más coordinadamente con las de tecnología e informática: “Esto pondrá a prueba la infraestructura tecnológica de las compañías y su capacidad para adaptarse a las nuevas facultades del SII”.

Andrés Martínez, socio de KPMG, afirma que este tópico ha generado “nerviosismo” en las empresas, dada su naturaleza intrusiva: “Nos han manifestado su preocupación sobre los riesgos de seguridad y la posible pérdida, copia o extracción de información sensible”.


 

"No es un procedimiento que pretenda utilizarse masivamente. Es bastante garantista"

- ¿Cómo ha sido el proceso de fiscalización remota?

- Hace poco se dictó la resolución con todos los elementos que permiten abordar los casos. Ya empezamos en régimen a fiscalizar de manera normal tras un plan piloto que tuvimos. La dinámica ya se venía realizando hace varios años en la Dirección de Grandes Contribuyentes (DGC), pero siempre con los contribuyentes llevando los libros electrónicos a las dependencias del SII. Ahora, son los funcionarios los que pueden ir a terreno y conectarse bajo un estricto protocolo de trabajo que está señalado en la ley y en la resolución. La facultad está y tenemos que ocuparla.

- Hay muchas dudas de parte de los contribuyentes en torno a este tema. ¿Cuál es su mensaje?

- Hay un equipo especializado en la subdirección, que formó una red de especialistas a nivel nacional en la que participan en total 33 personas. Cada dirección regional tiene un especialista en este tipo de fiscalización. Esta es una facultad de fiscalización que está bastante reglada en el 60 bis. Además, la circular establece un procedimiento en base a la ley bastante claro y garantista de los derechos de los contribuyentes. Por lo tanto, no estamos hablando de un procedimiento que pretenda utilizarse masivamente sobre la generalidad de los contribuyentes.

- ¿Será ejercida en casos excepcionales?

- Está prevista, más bien, para casos complejos o con grandes libros contables. No tiene un uso masivo en este caso. Por lo tanto, no está pensado -ni lo permite la ley- que se pongan en riesgo los derechos de los contribuyentes ni la información más sensible que puedan tener.

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