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Senado vota acuerdo que da luz verde al SII para intercambiar datos con 70 países

Texto, que entra en vigencia en 2017, permitirá a los países miembros realizar auditorías simultáneas y en el extranjero a contribuyentes.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Martes 3 de noviembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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La de hoy será una jornada clave en el Congreso en materia tributaria. No porque se ingrese el proyecto de ley para realizar ajustes técnicos a la reforma tributaria -aquello ocurrirá recién en diciembre- sino porque Chile ratificará un acuerdo clave en el combate de la elusión y evasión a nivel internacional, pero que podría tener efectos en nuestro país.

Hoy, la Sala del Senado analizará la denominada Convención sobre Asistencia Mutua en Materia Tributaria, acuerdo que permitirá al Servicio de Impuestos Internos (SII) intercambiar información de contribuyentes chilenos -y viceversa- con unos 70 países.

El texto nació al alero de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) pero pronto se amplió a países del G20 y del Consejo de Europa. La idea del tratado es promover una coordinación global para combatir la evasión y la elusión, así como el lavado de dinero, el cohecho y el financiamiento del terrorismo.

Junto con promover el intercambio de información tributaria entre los estados miembros, el convenio establece que las autoridades en la materia podrán realizar auditorías simultáneas a contribuyentes chilenos que tengan un interés común o relacionado con uno de los países firmantes del tratado.

Asimismo, el texto permite a los firmantes realizar procesos de investigación en el extranjero, en jurisdicciones independientes. Además, contempla el intercambio automático de información entre las partes.

Los impuestos sujetos a este convenio son los incluidos en la Ley de la Renta; el tributo a las herencias, las asignaciones y las donaciones; y el impuesto a las ventas y servicios.

Uno de los puntos clave en la normativa es que la falta de interés tributario o el secreto bancario no podrán usarse para negar la asistencia entre los estados miembros.

Eso sí, la información distribuida entre los países se tratará como “secreta” y estará bajo la protección del Estado que recibe los datos.

Efectos en Chile

El socio de DyP Abogados, Medardo Lagos, advierte que bajo el convenio, los contribuyentes chilenos que tengan rentas no declaradas en el exterior se verán “expuestos a un riesgo” de que el SII pueda obtener la información a través del convenio.

“Según dispone la Convención, ningún Estado podrá negarse a proporcionar la información solicitada so pretexto del secreto bancario”, advierte.

El socio de Tax & Legal de BDO, Rodrigo Benítez, señala que el acuerdo incluye cláusulas para mantener la confidencialidad en el proceso de fiscalización y resguardar el debido proceso. Sin embargo, la situación podría ser más compleja para quienes no se hayan acogido a la ventana transitoria para regularizar rentas en el exterior de la reforma tributaria.

“Chile está preparado para esto, considerando que la gran mayoría de los contribuyentes que tienen capitales no declarados en el exterior se están acogiendo al denominado proceso de repatriación de capitales. El problema pudiera ser para aquellos contribuyentes que no se han acogido a este proceso de regularización, quienes fácilmente podrán ser detectados”, plantea.

El socio de Bustos & Cía, Claudio Bustos, señala que el contribuyente chileno debe tener presente que el país se ha hecho parte de una red global de combate a la evasión y la elusión, por lo que deben ajustarse al nuevo contexto.

“El hecho de realizar transacciones o mantener patrimonio en el exterior no los deja fuera del alcance de la ley. Esto es especialmente sensible tratándose de personas con patrimonio no declarado en el exterior.”, asegura.

El socio de AK Contadores, Patricio Gana, señala que las implicancias inmediatas para los contribuyentes son que estarán sujetos a “mayores controles”

“Esto debiera conducir hacia una mayor recaudación fiscal, apoyado principalmente por una menor evasión tributaria, principalmente por efectos de precios de transferencia”, señala.

Mientras que la socia de BC Abogados, Paola Cabezas, califica como “altamente positivo” para Chile el convenio, ya que se alinea con la norma general antielusión, vigente desde el 30 de septiembre.

“Y no solo eso, va más allá, ya que el intercambio de información, permitirá la cooperación internacional en el combate y detección del lavado de dinero, cohecho a nivel internacional, e incluso pesquisar actividades de financiamiento terrorista”, expone.

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