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SII vs contribuyentes: La mitad de las reclamaciones se acogen a favor de personas

Gobierno modificó la manera en que se realizan las reposiciones voluntarias, para aumentar la transparencia del proceso.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Jueves 12 de julio de 2018 a las 04:00 hrs.
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Hace dos semanas, el Ministerio de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos (SII) anunciaron cambios relevantes que buscan “acercar” al organismo al contribuyente. Mediante la circular N° 34, la entidad modificó el procedimiento de reposición administrativa voluntaria (RAV).

En palabras simples, la RAV es el mecanismo mediante el cual una persona puede desafiar las decisiones del SII, como por ejemplo una liquidación, una multa, un giro de impuestos o la retención de una devolución de gravámenes, por citar algunos. Esto, antes de llegar a una etapa judicial.

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Se trata de una de las principales instancias de interacción entre el servicio y el contribuyente, ya que a través de este mecanismo se puede solicitar sin asesoría tributaria la revisión y actos de fiscalización, con un plazo de 30 días hábiles.

Las cifras dan cuenta de que el SII acoge favorablemente la mitad de las reclamaciones que presentan los contribuyentes. Acorde con los números de la entidad, en 2017 se presentaron 2.867 reposiciones administrativas, de las cuales 1.433 fueron declaradas “no ha lugar”, mientras que las favorables íntegramente a los contribuyentes (“ha lugar”) ascendieron a 891, representando el 31% del total. Aquellas que se fallan parcialmente a favor de la persona (“ha lugar en parte”) representaron el 19% durante 2017 (543 casos).

Las reposiciones 100% favorables a los pagadores de impuestos se han incrementado desde 2015, representando el 25,6% del total a diciembre de ese año y pasando a 27,3% un año más tarde.

A nivel regional, la dirección Santiago Oriente -que contempla a Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea- abarca la mayor cantidad de reclamaciones favorables a los contribuyentes (211), contrarias (615) y parciales (137).

Las modificaciones

El director del servicio, Fernando Barraza, explica que las modificaciones propuestas buscan igualar la cancha entre el SII y las personas, acercando la administración tributaria al contribuyente.

En concreto, se abre la posibilidad a que este último solicite una audiencia preliminar a la RAV para “aclarar o profundizar” aspectos para entender mejor el recursos presentado. El SII estará obligado a acceder a la cita.

Asimismo, se introduce la obligatoriedad de realizar una audiencia de cierre para acercar posiciones entre el contribuyente y el SII para solucionar la controversia. Una especie de “última instancia”.

El SII deberá agotar todos los medios a su alcance para -si así es el caso- dejar sin efectos los actos viciados o con errores. También, el organismo deberá aceptar todos los antecedentes proporcionados por el contribuyente para fundamentar su recurso, aun cuando hayan sido requeridos en instancias previas por el servicio.

Y, finalmente, la entidad deberá corregir los errores que detecte en los actos desafiados por el contribuyente, independiente de que no sean parte del recurso presentado por la persona.

“Como una medida de facilitación más, ofrecemos la posibilidad de presentar la solicitud de revisión en cualquiera de nuestras oficinas a lo largo del país, independiente de la que corresponda al contribuyente por su domicilio”, señala Barraza.

Desde Hacienda enfatizan que las herramientas, exigencias, estándares y condiciones que impone la nueva Circular Nº 34 -que reglamenta la RAV- son “muchísimos más altos” y ponen de relieve la “importancia de los derechos del contribuyente”.

“El contribuyente se podrá sentir más seguro y confiado que sus planteamientos sí se analizarán, que podrá presentar todos los antecedentes que fundamenten su recurso y que incluso tendrá la oportunidad de ser oído por un funcionario que no ha participado en su caso y que, por tanto, resolverá con total imparcialidad conforme a derecho”, señalan.

Descongestionar tribunales

El director del SII señala que de las casi 3 mil reposiciones voluntarias presentadas, alrededor de 900 escalan a los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) y que en la actualidad hay 2.700 causas vigentes en dicha instancia, carga que debiera aminorarse:

“Las modificaciones introducidas a la RAV permitirán reducir la carga de casos en los TTA, generándose un ahorro de tiempo y recursos para las partes”, plantea.

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