DF TAX

¿Cuán favorables son los incentivos tributarios a la tecnología en Chile respecto a la región?

Informe de académico de la U. de Chile hace un paralelo entre la normativa local y la de Argentina, Colombia, México, Perú y Uruguay.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Jueves 4 de febrero de 2021 a las 10:03 hrs.
  • T+
  • T-
Foto: Archivo
Foto: Archivo

Compartir

El impulso a la innovación, desarrollo y tecnología fue uno de los ejes del debate de la última Ley de Presupuestos, despachada del Congreso a fines de noviembre luego de un acuerdo para reponer platas en partidas claves como Ciencia, Corfo y Educación Superior.

De cara a la fase de recuperación pos pandemia, varios actores han planteado la necesidad de dar un impulso no solo a los sectores más tradicionales, como vivienda y obras públicas, sino también a la inversión en activos "intangibles", como la tecnología, la innovación y el I+D.

Un documento elaborado por el profesor visitante de la Universidad de Chile, Juan Frers, pone el acento en los incentivos tributarios que contempla la legislación local para impulsar este sector, haciendo un paralelo con el resto de la región.

En Chile, existe el crédito tributario en favor de las empresas por el gasto en investigación y desarrollo, equivalente a un 35% del total de los pagos en dinero efectuados conforme a los contratos de I+D certificados por la Corfo.

Vigente hasta diciembre de 2025, el monto del crédito no podrá exceder de 15.000 UTM del mes de diciembre de cada período. El requisito para optar es ser contribuyente de Primera Categoría que declaren su renta efectiva mediante contabilidad completa. La postulación se realiza a través de la web de Corfo y se debe establecer un contrato de I+D con algún centro de investigación acreditado por dicha corporación.

Argentina

El país cuenta con generosos incentivos tributarios para atraer e impulsar a los rubros de la tecnología, tanto a nivel nacional como a las empresas que se radiquen en el distrito tecnológico de la ciudad de Buenos Aires.

Dichos beneficios aplican para actividades como software y servicios informáticos, producción de hardware, biotecnología, robótica, impresión 3D y aceleradoras, incubadoras y proveedoras de empresas tecnológicas nacientes, entre otras.

Las legislaciones de la capital y a nivel nacional contemplan la exención o diferimiento en el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos, el impuesto inmobiliario, del pago de Derechos de Delineación y Construcciones, estabilidad en la carga tributaria, y reducción en el impuesto a las ganancias, entre otros.

Colombia

En el país cafetero existe un decreto que aborda los apoyos a la denominada "economía naranja", que establece un incentivo tributario consistente en que por siete años las rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas no pagarán impuesto a la renta.

Para acogerse, deben cumplir una serie de requisitos, como tener su domicilio principal en el territorio colombiano; que su objeto social exclusivo sea el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas; estar constituidas antes del 31 de diciembre de 2021; tener tres empleados o más; y presentar su proyecto de inversión ante el Consejo de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, justificando su viabilidad financiera, conveniencia económica y calificación como actividad de economía naranja.

México

El país cuenta con el programa Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología (EFIDT), que otorga un crédito fiscal al contribuyente que realice gastos e inversiones en investigación, desarrollo y tecnología.

Es acreditable contra el impuesto a la renta de los contribuyentes y puede ser ejercido en un periodo de 10 años, hasta agotarlo. El estímulo es equivalente al 30% de los gastos e inversiones incrementales en IDT, respecto al monto de gastos e inversiones promedio en los tres ejercicios anteriores al ejercicio en el cual se solicite el estímulo o un monto máximo de 50 millones de pesos mexicanos.

El objetivo de dicho programa es Incrementar la inversión privada en la investigación científica y desarrollo tecnológico.

Perú

La nación vecina, a través de la Ley de la investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación tecnológica, entrega dos tipos de deducciones tributarias para las actividades que se enfoquen en Investigación y desarrollo: una exención del 100% -general-, y una adicional del 75%.

Para acceder, el contribuyente debe cumplir con algunos requisitos, como contar con investigadores registrados dentro del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec); un control de las cuentas de los distintos proyectos de investigación; e inscribir el resultado del proyecto en el Indecopi, el organismo contralor de la propiedad intelectual en Perú.

Uruguay

Dicho país fue uno de los pioneros en incentivos fiscales en materia de tecnología, en especial para la industria del software.

Previo al 2017, se encontraban exentas de impuestos las rentas provenientes de las exportaciones de servicios en el exterior, no respetando la acción 5 del denominado Plan BEPS de la OCDE, respecto a la no discriminación, y de no distinción entre no residentes y residentes.

Hoy, para que las rentas provenientes de dichos servicios estén exentas se deberá comprobar que por lo menos el 50% del gasto total relacionado con la actividad se llevó acabo en territorio uruguayo, aplicando el principio de territorialidad. Si se comprueba el primer requisito, se aplicara un coeficiente que determinara si la renta queda gravada o exenta.

Las exoneraciones de impuestos se aplicaran a las rentas provenientes de las prestaciones de servicios de productos de soportes lógicos, como de otros productos y servicios.

"El 2021 será un año complicado para las economías regionales, con fuertes caídas de distintos indicadores macroeconómicos como el empleo, la inversión, por lo que las leyes de incentivos fiscales serán claves para las reactivaciones de los distintos países", concluye el análisis.

Lo más leído