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¿Qué medidas tributarias considera el plan de emergencia?

Por: | Publicado: Jueves 18 de junio de 2020 a las 04:00 hrs.
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En el eje de reactivación económica, el gobierno y la oposición acordaron una serie de medidas transitorias de carácter tributario para darle un alivio a los contribuyentes e impulsar la inversión.

En primera instancia, para los años comerciales 2020, 2021 y 2022 se reducirá a la mitad el impuesto de Primera Categoría que paguen las PYME con ventas menores a 75 mil UF al año, acogidas a la Cláusula PYME. De esta manera, el tributo a las utilidades pasará de 25% a 12,5%.

También, se extendió por tres meses la suspensión de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM, que son un anticipo de la cancelación del impuesto anual a la renta), medida que rigió entre abril y junio de este año y que fue parte del primer paquete para enfrentar la emergencia.

Otra de las medidas incluida en la reforma tributaria y que se amplía en el plan es la depreciación instantánea. Entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciemb 2021 se descontaría de la base imponible hasta el 50% de la inversión realizada en gasto fijo en todo el país, exceptuando La Araucanía, que gozaría del 100% del beneficio. En esta oportunidad, se elevó a 100% el descuento para todo el país y se amplió hasta diciembre de 2022.

A esto se le agrega que sólo durante el próximo año, los privados estarán exentos de la contribución del 1% del valor de los proyectos de inversión por sobre US$ 10 millones en favor de las regiones donde se desarrollan. Así, el Fisco pagará íntegramente dicho aporte, que la reforma tributaria establece compartido entre el contribuyente y el Fisco, pues los recursos se podrán considerar como gasto aceptado.

En materia laboral, se crea un mecanismo de crédito tributario para incentivar las nuevas contrataciones, equivalente al 23% del valor de la remuneración de cada nuevo trabajador dependiente. El esquema contará con un piso mínimo de meses de contratación y un tope máximo del monto del crédito por contratación.

En las negociaciones se desechó la idea de establecer una devolución de impuestos para los contribuyentes con utilidades en 2019, pero que registren pérdidas este año, denominado técnicamente "carry back".

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