Laboral & Personas

Tras término unilateral de huelga en Latam, ex DT cuestiona decisión del sindicato: "Eso no está en la ley"

Marcelo Albornoz asegura que la figura utilizada se emplea generalmente en casos donde un trabajador, de forma individual, se descuelga de una huelga.

Por: Carolina León y Lourdes Gómez | Publicado: Jueves 26 de abril de 2018 a las 17:18 hrs.
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Un complejo escenario es el que está enfrentando el sindicato Tripulantes de Cabina Lan Express, después de poner término unilateral a la huelga que mantenían por 17 días, en el marco de la negociación colectiva con Latam Airlines.

Junto con tomar esa medida, los trabajadores manifestaron la intención de suscribir como contrato colectivo la última oferta legal que había realizado la empresa, la que se entregó el pasado 23 de marzo y que incluía una serie de cambios en los turnos de trabajo.

Sin embargo, a juicio de algunos expertos, esto no es posible, ya que el sindicato rechazó en aquel momento esa propuesta y votó por iniciar la huelga.

El sindicato busca ampararse en el artículo 346 del Código del Trabajo, para acogerse a la última oferta de la firma, sin embargo, dicha herramienta sólo puede ser utilizada para el descuelgue individual de los trabajadores. En este caso, se busca usar esto de forma colectiva.
Patricia Silva, abogada del sindicato y exdirectora del Trabajo, dijo que le "parece inaudito e insólito que la empresa" cuestione la opción que tomó la organización para bajar la huelga, cuando era una alternativa que está en la ley.

Sin embargo, a juicio del exdirector del Trabajo, Marcelo Albornoz, dicha opción no es válida para suscribir como nuevo contrato colectivo. "Están ejecutando una acción que la ley no contempla, no puede una de las partes determinar cuál es el nuevo contrato colectivo. La última oferta quedó rechazada y se concretó la huelga, con eso se rechaza completamente la última oferta", dijo.

"Que el sindicato decida, como comisión negociadora, señalar que es un nuevo contrato la última oferta realizada por la empresa, no es efectivo. Eso no está permitido en la ley, porque es un descuelgue individual y esas condiciones aplicarían para cada trabajador independientemente", agregó.

Criticó, además, al equipo legal del sindicato. "Están siendo mal asesorados, acá hubo una mala orientación. Acá solo hubo pérdida para los trabajadores (...) En estricto rigor, el término de la negociación y el término de la huelga no fue por decisión de la comisión negociadora, fue por decisión de los trabajadores en forma individual, aunque lo hagan en forma masiva. El sindicato perdió la oportunidad de obtener más beneficios, y de alguna u otra manera también perdieron credibilidad y confianza, porque la huelga terminó por decisión individual de los trabajadores, y no por la voluntad de la comisión negociadora", dijo Albornoz.

 

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