Laboral & Personas

Gobierno aclara que su iniciativa de reducción a 41 horas trabajadas no afectará jornadas excepcionales

"A diferencia del proyecto del Partido Comunista, el nuestro mantiene, expresamente, tanto las jornadas excepcionales como especiales de trabajo tal cual existen en la actualidad”, afirmó la autoridad.

Por: Montserrat Toledo | Publicado: Jueves 29 de agosto de 2019 a las 04:00 hrs.
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Fernando Arab, subsecretario del Trabajo. Foto: Rodolfo Jara
Fernando Arab, subsecretario del Trabajo. Foto: Rodolfo Jara

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Una serie de interrogantes han comenzado a surgir a propósito del debate sobre la reducción de las horas que se trabajan en el país. Una de ellas, como lo plantearon distintos abogados laborales, apunta a las consecuencias que podría tener el cambio en aquellas jornadas distintas a las ordinarias de 45 horas. Una situación que desde a perspectiva del gobierno, su proyecto ya aclara y resuelve.

Precisamente, en la minería, en el sistema de salud o en el ámbito de la vigilancia -que son ejemplos recurrentes- rigen esquemas horarios excepcionales, que deben ser autorizados por el director del Trabajo por un máximo de tres años. A estas se suman los horarios especiales, que se distinguen de las ordinarias semanales, ya sea por ser parciales o por tener una regulación diferente.

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Jorge Arredondo, Director del grupo laboral de Albagli Zaliasnik (AZ); Luis Lizama, Miembro del Consejo Superior Laboral; Jaime Salinas,  socio de Salinas Toledo Abogados; y Rodrigo Marín, Abogado de la firma Parraguez&Marin.

¿Cuál es el marco de referencia para la definición de estas jornadas? Uno de los factores que considera la Dirección del Trabajo (DT) para autorizarlas es el promedio de horas semanales en el ciclo laboral, que no puede superar la jornada ordinaria establecida.

Si cambia ese eje, concluyeron los abogados, se modifica el resto. 

“Si ya no se pueden trabajar 45 horas semanales, eso va a impactar en el número total de horas que tiene a disposición la DT para autorizar una jornada excepcional”, planteó el abogado de la firma Parraguez & Marín, Rodrigo Marín.

Un sector en el que ocurre esto es el minero, donde se establecen, por ejemplo, turnos de siete días trabajados y siete descansados. Pero al reducirse la jornada, también disminuye la cantidad de horas a disposición para completar esos ciclos.

El miembro del Consejo Superior Laboral, Luis Lizama, advirtió que la situación afectaría la posibilidad de tener dos turnos, por lo que “el crecimiento de costos es inmediato, va a haber que tener un turno que sea personal contratado por jornadas parciales o eventualmente un equipo adicional”.

Además, comentó Marín, “todos los costos de las empresas están indexados a ese sistema de trabajo”, recordando que cuando la jornada se redujo de 48 a 45 horas, “se cambiaron todos los criterios”.

Otra preocupación que planteó el director del grupo laboral de Albagli Zaliasnik (AZ), Jorge Arredondo, se refiere a lo que pasará con lo ya autorizado por la Dirección del Trabajo. “Lo que claramente no puede pasar es que si se modifica la jornada, se alteren esas resoluciones que autorizaron las jornadas excepcionales”.

El abogado puso como antecedente la reforma laboral de Bachelet, en la que se estableció en un artículo transitorio que las resoluciones ya otorgadas mantenían su vigencia hasta su expiración.

“Creemos en el acuerdo de las partes”

En este marco, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, explicó ayer que en el proyecto de adaptabilidad laboral presentado ante el Congreso en mayo, se aborda la temática expuesta por los abogados y, en esa línea, marca una clara diferencia con la propuesta del PC.

“A diferencia del proyecto del Partido Comunista, el nuestro mantiene, expresamente, tanto las jornadas excepcionales como especiales de trabajo tal cual existen en la actualidad”, afirmó la autoridad.

El subsecretario enfatizó que “creemos firmemente en el acuerdo de las partes y, por ello, estamos facilitando dicho acuerdo al eliminar el trámite de aprobación de las jornadas excepcionales por parte de la DT”, sostuvo.

El representante del gobierno agregó: “Creemos que si existe acuerdo entre la empresa y sus sindicatos, basta aquello para autorizar la jornada excepcional. Debemos hacer más ágil y dinámico nuestro mercado laboral”.

Un cuadro coherente con la precisión hecha previamente por el abogado Jaime Salinas, socio de Salinas Toledo, respecto a que en el sistema de jornadas excepcionales debería haber una revisión de los criterios de autorización de la Dirección del Trabajo. "Por ejemplo, debiera modificarse la resolución marco de jornadas excepcionales para guardias de seguridad y vigilantes privados, que contempla jornadas semanales entre 42 a 45 horas", expuso.

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