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Lista para su promulgacion quedó ley que promueve el pago de pensiones de alimentos

Entre sus innovaciones está la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Por: | Publicado: Miércoles 6 de octubre de 2021 a las 04:00 hrs.
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Mónica Zalaquett, ministra de la Mujer. Foto: Agencia Uno
Mónica Zalaquett, ministra de la Mujer. Foto: Agencia Uno

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Reforzar la corresponsabilidad parental en el cuidado, manutención y crianza de los hijos es parte del objetivo central del proyecto aprobado ayer en forma unánime por la Cámara de Diputados. El texto, ahora pasó al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.

La propuesta, en simple, modifica la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, al establecer como violencia intrafamiliar el no pago de pensiones de alimento. Entre sus innovaciones está la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Este instrumento será electrónico y de acceso remoto, gratuito e inmediato. No es lo único, la normativa aprobada establece que al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá a los deudores parte de los fondos para pagar la deuda. Además, a los deudores de pensión de alimentos no se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos, y tampoco podrán acceder a algunos beneficios del Estado, entre otras restricciones legales.

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