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¿Tendré derecho a horas extraordinarias?, ¿Quién paga el internet? Subsecretario del Trabajo aclara dudas del teletrabajo

La nueva ley de teletrabajo comenzará a regir en el país a contar del 1 de abril próximo.

Por: Pamela Cuevas V. | Publicado: Miércoles 25 de marzo de 2020 a las 09:43 hrs.
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Para hoy el Gobierno tiene contemplado publicar en el Diario Oficial que desde el 1 de abril entrará en vigencia la recientemente promulgada Ley de Teletrabajo, según comentó el subsecretario de Trabajo, Fernando Arab, esta mañana en conversación con Radio ADN.
Con ello queda establecido el nuevo marco regulatorio que delimitará los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores cuando se acuerde realizar trabajo a distancia o teletrabajo. En el primer caso se refiere a aquellas labores que pueden ser ejercidas fuera de las instalaciones de la empresa que no necesariamente impliquen el uso de tecnología, mientras que las segundas si son las asociadas al uso de ella, como lo es la necesidad de conectarse a internet.
En este contexto Arab, entregó más detalles sobre los cambios:
Los horarios de trabajo y el derecho a desconexión: En este punto la normativa estableció el derecho del trabajador a elegir horarios. Explicó que se puede optar por escoger la misma jornada que hoy se tiene en la empresa, la que se regirá por las mismas de 45 horas semanales, con los mismos horarios de colación y similares reglas que regulan las horas extraordinarias.
O bien, puede escoger no tener horario porque se decide compatibilizar sus labores profesionales con otras personales. En dicho caso cobra mayor relevancia el derecho a desconexión digital. ¿En qué consiste? Independiente de que la persona no tenga horario y se organice de manera personal siempre tendrá asegurada una desconexión mínima y continua de 12 horas entre una jornada y otra.
Lo anterior significa que el empleador no va a poder mandar correos electrónicos ni mensajes al celular.  “Sabemos que hoy lamentablemente muchas personas que teletrabajan reciben a las 9, 10 u 11 de la noche correos electrónicos; es tan común cuando un empleador le manda un WhatsApp a las 11 de la noche a un trabajador y le dice ´no te preocupes léelo mañana´, pero ya ese solo hecho interrumpe el necesario descanso que esa persona requiere”, explicó.
Eso sí, en esta modalidad no aplica la figura de horas extras, al no ser una jornada formal.
Costos para el empleador: Quien asume el costo de la conexión a internet mientras se teletrabaje es el empleador. Por lo tanto, el plan de internet de la casa o de datos personales que se utilice para conectarse son parte de los costos que debe asumir la empresa. Además, deberá correr con los gastos que involucren mantención y reparación de los equipos que se usen.
Salud: La ley contempló que quienes estén bajo ambas modalidades tendrán derecho a la cobertura de salud por accidentes laborales y enfermedades profesionales.

¿Qué pasa con los beneficios?

En la modalidad de teletrabajo y trabajo a distancia, Arab explicó que se mantiene el beneficio de  sala cuna. Respecto a los bonos y asignaciones ya pactadas estás no se alteran bajo ningún caso. De hecho, ejemplificó que para el bono de locomoción estructurado bajo la lógica de que sea un aporte para que el trabajador llegue a su lugar de trabajo tendría que ser modificado en un acuerdo de ambas partes.
La modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia debe quedar definida en un anexo de contrato con lo que no se pierde la antigüedad del trabajador. 

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