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Mario Marcel lanza hoja de ruta y propone consolidar la autonomía del Banco Central

El presidente del Consejo recalcó que la institución tiene que adaptarse a los desafíos del futuro en diversos tópicos.

Por: Denisse Vásquez H. | Publicado: Miércoles 2 de agosto de 2017 a las 04:00 hrs.
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Con su llegada al Banco Central en octubre de 2015, el economista Mario Marcel tuvo que limitar sus declaraciones sobre temas políticos y remitirse a opinar en términos técnicos. Sin embargo, ahora desde la presidencia del instituto emisor, ayer redactó lo que podría considerarse como una declaración de principios de lo que será su gestión de cinco años al mando del instituto emisor, en medio de un tema álgido para el país: el debate constitucional.

“Constitucionalismo Económico y la Autonomía Institucional del Banco Central de Chile”, se denomina el documento de 29 páginas en el cual el presidente del Consejo repasó la evidencia acumulada durante los 27 años de autonomía del ente rector, la cual -según Marcel- ha sido “fundamental para el logro de avances sustanciales y duraderos en el control de la inflación”, además de aportar a la reducción de la volatilidad y los riesgos macroeconómicos del país.

Para el exdirector de Presupuestos, la efectividad de la política monetaria se hace más evidente en el período 1999-2015, por el cambio hacia el esquema de metas de inflación con flotación cambiaria, que permitió “evolucionar a tasas de inflación más bajas y estables, reduciendo la volatilidad de la economía en general así como los costos financieros”.

Al mismo tiempo, Marcel destacó las políticas de transparencia de la institución, ya que la mayor parte de los avances han emanado de regulaciones generadas desde el propio Banco Central, lo que ha afianzado su legitimidad frente a la ciudadanía.

Los desafíos

Para Marcel, los logros en el ejercicio de la autonomía del emisor son argumentos “poderosos” para validar su estatus actual ante la ciudadanía, lo que “no obsta para que el Banco Central continúe adaptando su organización y competencias para enfrentar nuevos desafíos económicos y políticos”.

“La confianza que la ciudadanía deposita en el BCCh está lejos de ser un capital asegurado”, lanzó tajante el también exfuncionario de la OCDE, el Banco Mundial y el BID.

Uno de los temas que preocupa al timonel del organismo es cómo son percibidos los logros del Central más allá de los expertos, y que la autonomía -que data de 1989-se haya originado “en una Constitución adoptada en un período en que no rigieron las instituciones democráticas”, lo que a su juicio puede sugerir riesgos frente al sistema político y la opinión pública en dos dimensiones cruciales para el banco: legitimidad y confianza.

Además, el titular del instituto emisor identifica una serie de desafíos internos relacionados con la estabilidad financiera, afinar los mecanismos de comunicación de sus decisiones de política monetaria e identificar y prevenir nuevos riesgos para el desempeño de sus funciones.

“La doctrina y la práctica acumulada aportan elementos suficientes para actualizar la concepción institucional de autonomía, enmarcada en los principios y obligaciones del orden democrático (...). El gran desafío para el BCCh es mantenerse y fortalecerse como una institución confiable para los agentes económicos y la ciudadanía en general”, expresó.


 

El ente rector y sus exigencias dentro de los órganos autónomos

La Constitución regula a otros organismo autónomos como el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República y el Tribunal Constitucional (TC), con las cuales Mario Marcel comparó al Banco Central en cuatro dimensiones para medir su nivel de autonomía: nombramiento de las autoridades, permanencia y remoción de las mismas, intervención del Ejecutivo en las decisiones de los organismos y la rendición de cuentas.

¿Su conclusión? El Banco Central se encuentra en un nivel intermedio de autonomía, mayor a la de los servicios públicos que integran la administración del Estado, pero menor a la de otros órganos consagrados constitucionalmente.

En materia de intervención del Ejecutivo, Marcel da cuenta que está expresamente prohibida para la Corte Suprema, el Ministerio Público y el TC, y limitada a la insistencia del Presidente y su gabinete de ministros en pleno en el caso de rechazo de toma de razón por la Contraloría, mientras que en el caso del Central, el Ejecutivo participa con derecho a voz en las sesiones de su Consejo -a través del ministro de Hacienda- pudiendo postergar algunas de sus decisiones. "Aunque estas facultades no alcanzan un poder de veto, si pueden postergar las decisiones del consejo y atraer un nivel de atención pública que genera un poderoso incentivo al diálogo", planteó.

A juicio del presidente del Central, la exigencia es mucho más elevada para el banco en lo que se refiere a la rendición de cuentas, ya que los otros organismos están obligados a efectuar una cuenta anual mientras que el instituto emisor da cuenta de sus políticas y normas de manera períodica, obligación que ha fusionado con la entrega del Informe de Política Monetaria (IPoM) que se presenta de manera trimestral ante la comisión de Hacienda del Senado.

Por el contrario, en el nombramiento y destitución de los funcionarios del Banco Central, se requiere el voto favorable de cuatro séptimos de los parlamentarios en ejercicio, mientras que para las otras entidades este aspecto está regulado directamente en la Constitución.

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