Política

Comisión de la Cámara aprueba proyecto que prohíbe que deudas se pasen a Dicom en la pandemia

Proyecto será ahora será visto por en forma particular para posteriormente ser votado en la sala.

Por: Diario Financiero | Publicado: Miércoles 12 de agosto de 2020 a las 13:27 hrs.
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Avanza el proyecto que busca prohibir que se comuniquen las obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, mientras esté vigente el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por la pandemia. Y es que la Comisión de Economía de la Cámara aprobó en general la iniciativa, por lo que ahora será vista por en forma particular para posteriormente ser votado en la sala.

⁣⁣La diputada Carolina Marzán, una de las autoras del proyecto señaló "estamos viendo cómo personas naturales y empresas están agobiadas por los retrasos en sus pagos, por una evidente falta de liquidez financiera, lo que está originando no sólo atrasos y renegociaciones, sino también proceso de insolvencias y quiebras. Es lamentable que una parte muy grande de la población chilena sólo pueda costear su vida mediante el crédito que bancos e instituciones financieras les otorgan y que al ingresar al boletín comercial o Dicom pueden quedar fuera de todo sistema de financiamiento".⁣⁣

"Lo que pretendemos con este proyecto es evitar cualquier obstáculo que deje fuera a las empresas de las ayudas que está disponiendo el gobierno a través de los bancos con garantías del Estado. La finalidad es única y clara: facilitar el acceso a los créditos dispuestos ante la emergencia del COVID-19 para aquellas micro, pequeñas y medianas empresas que están en DICOM, para que este no sea considerado al momento de la evaluación crediticia con el objetivo final de que estos sean concedidos por la particularidad del momento que vivimos y el Estado como garante del endeudamiento", señaló la parlamentaria.⁣⁣
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La prohibición regirá inclusive respecto de quienes consignen anotaciones en el sistema de información comercial, durante el año anterior a la fecha de la publicación de la ley, siempre que el total de las obligaciones impagas del titular que comunique el registro o banco de datos sea inferior a $3 millones por concepto de capital, excluyendo intereses, reajustes o cualquier otro rubro; lo que también será aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas que tengan deudas de hasta $ 10 millones por concepto de capital, excluyendo intereses, reajustes o cualquier otro rubro.

La entidades responsables de los citados registros o quienes administren bancos de datos personales deberán proceder al bloqueo de forma automática de los datos señalados.

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