Política

¿Cómo se regula el financiamiento en las campañas para el plebiscito de abril?

Distintos representantes de organismos que se ocupan de fiscalizar materias de transparencia opinan sobre el eventual vacío que habría quedado en la reforma que le dio luz verde al plebiscito del 26 de abril del próximo año.

Por: Claudia Rivas A. | Publicado: Viernes 27 de diciembre de 2019 a las 13:14 hrs.
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El mismo día que el Senado despachó la ley de la reforma constitucional que habilita el plebiscito para definir si los chilenos quieren o no una nueva carta magna, se conoció la noticia acerca de la creación del primer comando por el "rechazo", el cual es liderado por los empresarios Gonzalo De La Carrera y Gerardo Jofré.

No obstante, la euforia y los festejos impidieron notar algunos aspectos del proceso que no se abordaron y en los que quedó un vacío sobre los que recién algunos expertos comenzaron a llamar la atención. Uno de ellos, tal vez el principal, es el financiamiento de las campañas. Es decir, cómo se hará para que sea transparente de manera que quien tenga más recursos no necesariamente influya en la inclinación de la gente por una u otra opción.

El primero en alertar sobre estas posibilidades y del "vacío" en la ley fue el expresidente del Consejo Asesor contra la Corrupción del gobierno de Michelle Bachelet, Eduardo Engel. En una entrevista con Radio ADN, este jueves, el economista planteó la importancia de que el proceso constituyente funcione correctamente, "pero hay cosas que no se abordaron y transparentaron; y una de ellas es regular cómo se va a hacer, cómo se van a financiar las campañas para el plebiscito del 26 de abril, las que van a aprobar y las que van a estar a favor de rechazar".

Engel advirtió que en estos momentos ya "está llegando propaganda por whatsapp y por otras redes sociales, se están creando casas para apoyar el NO y eso es parte del juego político, pero es muy importante, por ejemplo, que no haya una pocas personas que con mucho dinero traten de influir esto y que lo que mande en la decisión de los chilenos el 26 de abril sea el dinero que gasten distintas personas". Y recalcó que para este plebiscito "no hay ningún límite, ahí hay un vació que quedó en lo que se aprobó. Lo que no pasa por partidos no hay regulación".

Homologar

Pero este es un tema que no ha pasado inadvertido en los organismos que trabajan por una mayor transparencia. De hecho, el director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, es categórico en sostener que, "evidentemente, el servicio electoral debiera mandar al Ejecutivo una propuesta de normas que homologaran las normas regulares del financiamiento de campaña".

En tal sentido añade, que si habrá franja electoral y campaña política "todos los ingresos y gastos de esas campañas sean bancarizados con cuentas que abra el Servicio Electoral y, por otra parte que sean absolutamente transparente, de la misma forma que sea hace en una elección regular. Es decir, que se den los reportes, semana a semana, de quiénes fueron los aportantes" y sobre todo "que existan montos máximos de aportes públicos y reservados".

Precht sostiene que se deben homologar las reglas a los comandos, partidos políticos o grupos de personas que hagan campaña por una u otra opción y deban inscribir sus respectos comandos en el Servicio Electoral, para someterse a la regulación que debería haber para tal efecto, "con la misma transparencia que se aplica para una campaña regular", subraya.

De esta forma quedarían cubiertos los independientes que hagan campaña por una u otra opción e instalen comandos, que deberían tener un mínimo de integrantes. Adicionalmente, clara que en este caso no habrá financiamiento por voto, como es obvio.

Esta ley debería ser de homologación y de bastante rápido trámite, señala Precht, por lo que debería ser tramitada y aprobada en enero de 2020, lo que estaría dentro de los plazos para no cambiar la fecha del plebiscito. "Lo que no puede pasar es que nos llenemos de propaganda electoral en las calles o, lo que ya pasó, que hay un comando que tiene una sede, bueno hay que saber quién está pagando esa sede, todo debería ser muy transparente".

Al homologar la legislación de inmediato surge la duda acerca de si el Estado reembolsará parte del financiamiento a través del financiamiento público. Y si bien el presidente Ejecutivo de Espacio Público, Diego Pardow, comparte con matices la postura de Precht, en cuanto a homologar, se distancia al plantear que, en un procedimiento muy rápido, se debería definir quiénes se harán cargo de las cuatro ideas que contiene el plebiscito: Rechazo, apruebo, convención mixta y convención constituyente; de manera tal que se endeuden y luego puedan cobrar, lo que debería abarcar también a los independientes. Entonces, insiste, "se necesita crear un sistema muy rápido para identificar quiénes van a ser los responsables de estas campañas. Un poco como se hizo en la campaña del plebiscito del SÍ y el NO", explica.

Y añade que "hay que hacer una estructura que, seguramente va a involucrar a los partidos, pero que no debiera reducirse sólo a los partidos", sino que también incluya "organizaciones colectivas que tengan una cierta legitimidad para hacerlo". Entonces, según Pardow, primero se necesita definir a estos responsables y luego en enero debería finiquitarse la regulación de la campaña y advierte que "las plataformas de ideas –como es la del plebiscito del 26 de abril- son más difíciles de regular que las plataformas de personas, pero lo mínimo es homologar las reglas existentes hoy, para campañas de personas y partidos al contexto de campañas de ideas".

Ley aplicable a la reforma

Mientras que para el presidente del Consejo para la Trasnparencia, Jorge Jaraquemada, la situación está bien clara. "La reforma constitucional publicada el 24 de diciembre no contempla expresamente la aplicación de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gato Electoral al plebiscito del 26 de abril del 2020. No obstante, esta reforma sí la hace plenamente aplicable para la elección de los convencionales constituyentes, de octubre del próximo año", explica.

Pero añade que "sin perjuicio de ello, al plebiscito de abril le son aplicables, en términos generales, las normas sobre propaganda y publicidad contenidas en la Ley N°18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios". De ello se debe inferir que "aun cuando no está contemplado el financiamiento público para las campañas que tengan ocasión con el plebiscito, sí se puede prever que recibirán aportes privados para financiar la propaganda y publicidad de quienes apoyen cada alternativa (Apruebo, Rechazo, Convención Mixta Constitucional, Convención Constitucional)".

Entonces, "considerando que la legitimidad del proceso es fundamental para su éxito, esta situación pone de manifiesto la necesidad de transparentar los referidos aportes privados que cada opción reciba para efectos de la campaña, con el objeto de que la ciudadanía conozca la fuente de su financiamiento", por lo que "la información deberá encontrarse actualizada, en lenguaje comprensible, disponibilizada de manera electrónica, permitiendo el fácil acceso a su revisión por parte de los ciudadanos, por ejemplo, a través de sitios electrónicos debidamente publicitados".

Desde el punto de vista de Jaraquemada, "la reforma constitucional hace expresamente aplicable las normas sobre acceso a información y transparencia contenidas en la ley de partidos políticos" y sugiere que se "actualice la eventual conformación de pactos electorales con ocasión del plebiscito, sin esperar la siguiente actualización trimestral".

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