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Condenan a exsenador Orpis por fraude al Fisco y cohecho y a Corpesca por falta de control para prevenir delitos

Por primera vez se condenó a una compañía por su responsabilidad penal en un juicio oral. En abril se conocerán las sanciones a la empresa y a los exparlamentarios Jaime Orpis y Marta Isasi.

Por: Andrés Pozo. | Publicado: Miércoles 2 de diciembre de 2020 a las 19:00 hrs.
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Agencia Uno.
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Una extensa audiencia, que duró cerca de dos horas, marcó la etapa final del caso Corpesca, uno de los casos emblemáticos de los episodios de financiamiento irregular de la política, ligado además al trámite de la Ley General de Pesca durante el primer gobierno de Sebastián Piñera.

El Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago –compuesto por las juezas Doris Ocampo, María Inés González y Claudia Bugueño- entregó su veredico en contra del exsenador UDI Jaime Orpis por seis delitos de fraude al Fisco y dos de cohecho, mientras que contra la exdiputada Marta Isasi fue por uno de cohecho. Se les absolvieron por delitos tributarios.

En el caso de Corpesca, una empresa relacionada a Empresas Copec, del grupo Angelini, en el veredicto de los jueces se llega a la conclusión de que infringió la Ley 20.393, que otorga responsabilidad penal a las personas jurídicas.

En específico, se detalló que Corpesca fue acusada –en síntesis- porque su exgerente general Francisco Mujica fue condenado por delitos que estaban siendo perseguidos por el Ministerio Público –a través de la fiscal Ximena Chong y Jaime Retamal- en este juicio. El fallo definitivo y las condenas se conocerán el 16 de abril del año próximo a las 12 horas.

Las fallas de Corpesca

La magistrada Ocampo explicó al hablar de la compañía que para la mayoría de los jueces que analizaron es claro que Corpesca incumplió los deberes de control y que los delitos se produjeron por esto.

"Del cúmulo de antecedentes se pudo determinar un defecto de organización grave al interior de Corpesca, cuando el gerente general no tenía sobre su persona ningún tipo de supervisión, inspección o control", dijo la jueza.

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Luego agregó que si bien existía un modelo de prevención de delito elaborado por Deloitte, el cual fue aprobado por el directorio, designándose un encargado el 3 de noviembre de 2011, esta persona "no tenía la autonomía necesaria para fiscalizar" al gerente general.

Agregó que Mujica autorizó numerosas boletas falsas relacionadas a Orpis y que, incluso, Corpesca tuvo que rectificar mas de 80 cuyo respaldo fue cuestionado. "Esta circunstancia dio cuenta que el sistema de control era feble, no solo en el tema contable, sino que también en lo relativo a la persona del gerente general, cuyas órdenes se cumplieron sin ningún tipo de fiscalización".

La magistrada recalcó que el ejecutivo no estaba sujeto a un mínimo de cuestionamiento y control, incumpliendo con los propios modelos que habían elaborado. "El directorio fue incapaz de supervisarlo", recalcó y luego agregó que cuando Mujica se retiró de la empresa por el caso en 2013, se le agradeció su gestión y se le pagó una indeminización de más de $ 300 millones, además que siguió vinculado a otras empresas del grupo controlador de Corpesca, "situación que denotan un tratamiento negligente sobre una cultura organizacional preventiva".

Finalmente, la jueza reconoció que la empresa colaboró en la entrega de material esencial para el esclarecimiento de los hechos juzgados

El rol del SII

Tanto en los casos de Orpis como Isasi, las acusaciones de delitos tributarios no prosperaron por la falta de participación del Servicio de Impuestos Internos. La organización reaccionó al fallo del Tribunal y señaló que presentó querellas nominativas por delito tributario contra el parlamentario de facilitar 78 boletas ideológicamente falsas a Corpesca.

Además, en un comunicado, el subdirector Jurídico del SII, Miguel Zamora, agregó que "se están analizando las acciones a seguir, dado que como institución estamos convencidos que en el caso de Jaime Orpis existió el delito tributario por el cual nos querellamos, es decir, facilitación de boletas ideológicamente falsas. Creemos que contamos con los argumentos jurídicos que respaldan nuestra tesis, fruto de una minuciosa recopilación de antecedentes, que además permitió la condena de otros dos querellados (Francisco Mujica y Carolina Gacitúa)".

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