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Ley en España pone límites a grabaciones a trabajadores

Estas prácticas están permitidas con fines de seguridad, pero se eliminan en el plazo de un mes.

Por: | Publicado: Lunes 28 de enero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Las tecnologías están irrumpiendo con fuerza en el mercado laboral, obligando a los países a modernizar sus legislaciones labores para resguardar la integridad de los trabajadores.

Según consigna el diario Expansión, una de las naciones en las que ya instaló el debate es España con la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que puso en el terreno de juego a las empresas y empleados, recogiendo algunas de las líneas que ya habían fijado previamente los tribunales.

“Gana mucha importancia la creación de políticas y reglamentos internos que regulen supuestos que puedan implicar una vulneración de los derechos de los trabajadores en el uso de las nuevas tecnologías: videovigilancia, uso de dispositivos digitales o control por GPS”, explicó el abogado de derecho laboral y empleo de Ejaso ETL Global, Ricardo Fortún, en Expansión.

La LOPDC, según se informa, permite el tratamiento de imágenes a través de sistemas de cámaras o videocámaras para preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de las instalaciones. Esos datos deben eliminarse en el plazo de un mes, salvo que sean necesarios para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.

Entre otros puntos, esta ley contempla que la grabación de sonidos exclusivamente -sin imágenes- sólo será posible cuando exista riesgo para la seguridad de las instalaciones, bienes o personas. Asimismo, se establece la prohibición total de instalar sistemas de videovigilancia en lugares como vestuarios o comedores.

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