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Llegan 159 observaciones a Plan de Descontaminación en Quintero

Dentro de los cuestionamientos está que los plazos son muy acotados.

Por: Karen Peña | Publicado: Martes 18 de diciembre de 2018 a las 04:00 hrs.
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Al filo del plazo final, AES Gener y ENAP presentaron sus observaciones en medio del período de consulta ciudadana que se abrió el 31 de octubre para la elaboración del nuevo Plan de Descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví, las que se sumaron a otros 157 comentarios.

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En el anteproyecto del plan se determinan las medidas de reducción de emisiones en las tres empresas que registran las mayores concentraciones: la fundición y refinería de cobre de Codelco-Ventanas, la refinería de petróleo Aconcagua de ENAP y el complejo termoeléctrico de AES Gener.

Y fueron estas dos últimas las que hicieron sus descargos. En el caso de la estatal, entre sus múltiples comentarios, señala que de acuerdo a los límites máximos de emisiones para la refinería Aconcagua, la reducción de emisiones exigida debe alcanzarse en el plazo de tres años.

“Este plazo es insuficiente atendiendo las medidas que serían necesarias de implementar para alcanzar las reducciones exigidas”, dijeron al momento de señalar que “el plazo determinado para alcanzar los límites máximos de emisiones carece del análisis y justificación técnica, comercial, financiera y operativa, por lo que establecer dicho plazo pone en riesgo la efectividad del plan pues para ENAP no será posible cumplir con las reducciones exigidas en el plazo establecido”.

Esto, explicaron, en atención a que las medidas a implementar requieren revisión de consistencia con autorizaciones ambientales vigentes y, en algunos casos, una nueva tramitación ambiental.

“El plazo total para implementar las medidas y alcanzar las reducciones exigidas se estima en seis años”, remataron.

AES Gener concordó con la necesidad de aplicar un nuevo instrumento de gestión, pero planteó una falta de proporcionalidad de las medidas de control de emisiones de material particulado desde fuentes, atendido su aporte a las emisiones de la zona.

“La entidad del esfuerzo que se demanda a este respecto no se condice con el aporte que representan estas fuentes en el inventario del área regulada. Adicionalmente, no constan los antecedentes técnicos que permitan evaluar la efectividad de las medidas que se pretende exigir, como tampoco consta en el AGIES la identificación y evaluación de los respectivos costos de cumplimiento, los que, en la realidad, pueden llegar a superar con creces el costo total de implementación”, explican.

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