Actualidad

Nueva ley de quiebras “no cumplió el objetivo y propició un enorme incremento de las liquidaciones”

El 2018 cerró con un alza de 70% de las personas en quiebra y un nulo efecto en potenciar las reorganizaciones de empresas, lo que a juicio del experto obedece a un mal diseño de la normativa que tiene cinco años.

Por: Jorge Isla | Publicado: Lunes 11 de febrero de 2019 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Un total de 3.536 personas se declararon en quiebra en 2018, un 70% más que 2017, mientras 1.221 entraron en proceso de renegociación. En el mismo balance, 1.341 empresas se sometieron a liquidación (1.197 de ellas de manera voluntaria), con un aumento de 33%, de acuerdo a las estadísticas de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. En tanto, 45 firmas entraron en reorganización, nivel similar a 2017.

Imagen foto_00000002

A cinco años de la entrada en régimen de la Ley 20.720, que impulsó los procedimientos de reorganización y liquidación de empresas y personas, los datos evidencian un resultado deficiente de esa normativa a juicio del abogado Juan Esteban Puga, socio del estudio Puga Ortiz.

“Esta ley no cumplió el objetivo de favorecer las reorganizaciones, cuyo promedio anual es el mismo, si no menor. Y en materia de personas deudoras ocurre lo mismo: las renegociaciones son sustantivamente menores a las liquidaciones, que han aumentado como nunca. A modo de ejemplo, entre los años 2005 y 2009, había 170 quiebras anuales y el año pasado se sextuplicaron, y creo que esos números se van a mantener”, afirma sobre el estado actual de la Ley 20.720.

Puga conoce a fondo el tema, no sólo por su vasta experiencia legal, sino también por haber participado en la comisión que trabajó hasta 2011 en la elaboración de un anteproyecto, que en definitiva no llegó a plasmarse en una propuesta de ley, y luego formulando observaciones durante la tramitación de la ley actual a petición de autoridades.

Desde esta base, sostiene que la ley tiene problemas de diseño y errores jurídicos. “Las cifras de 2018 prueban que se trata de un instrumento deficiente, al cual le faltó trabajo. Si bien generó un estímulo para que los deudores se abrieran ante la extinción de las obligaciones para favorecer las reorganizaciones y reprogramaciones de deuda en la superintendencia, en realidad propició un enorme incremento de las liquidaciones judiciales de las empresas”, sostiene.

- ¿En qué ámbitos ha sido más importante este impacto?

- La ley ha sido más utilizada en el caso de las personas deudoras, donde lo que aumentó no fueron las renegociaciones, sino las liquidaciones, porque la gente se ha dado cuenta de que es mucho mejor negocio que quedar endeudado y pagar en cuotas, salvo cuando existen bienes valiosos. Los efectos ya se causaron: hay un abuso de los procedimientos de liquidación de las personas deudoras, con muchos abogados ofreciéndose.

- ¿Cuál ha sido el efecto en el caso de las empresas?

- Se pensó que iba a ser la panacea para las reorganizaciones, pero éstas han seguido exactamente igual, y porcentualmente más bajas en relación al número de compañías. Como referencia, entre 2005 y 2009 el promedio anual era de 37 convenios. Y han aumentado mucho las liquidaciones, porque cuando se dicta la resolución de término, los saldos no pagados en el proceso se extinguen “para todos los efectos legales”, y tiene el efecto de liberar los avales, fianzas, prendas o hipotecas dadas por terceros, normalmente sus socios.

- ¿Qué consecuencias ha tenido en la práctica?

- En el caso de las pymes, muchas tienen garantías exógenas y muchas personas piden la quiebra no para solucionar los problemas de la empresa, sino porque si se acaba el proceso se liberan las garantías.

- ¿Qué repercusiones ha tenido en los análisis de riesgo del sistema financiero?

- Esta ley ha afectado negativamente al mercado del crédito, ya que se presta para abusos en materia de liquidación. Muchas veces los bancos prestan por las garantías, pidiendo una propiedad en hipoteca o un aval, y en el procedimiento actual no hay un criterio judicial para dar esa condonación automática -o discharge, que es un beneficio para las personas naturales y no para las empresas-, lo que ha generado una cantidad de litigación en tribunales.

-¿Cómo se evidencia ese efecto en la práctica?

-Los dueños de pymes corren para que la quiebra sea rápida, y los bancos que tienen las garantías le ponen freno, ya que en vista de una resolución de liquidación no podrán cobrar las garantías. Los bancos se dan cuenta de que esas garantías son más febles de lo que pensaban y saben que una empresa con pocos activos se liquida muy rápido. En la práctica, eso ha significado un incremento en los costos de los créditos, y se ha desbancarizado a muchos deudores y empresas de rango bajo.

-A su juicio, ¿de qué manera se puede reformular la ley?

-Dentro de los muchos aspectos que hay que mejorar, se podría hacer una ley corta para eliminar los temas abusivos. Si en las liquidaciones de empresas se bajara el estímulo de la extinción de las deudas y las de personas fueran con una calificación, bajaría el número de casos. En los países desarrollados, la extinción es una decisión del tribunal, que debe negarla si se acredita mala fe, y excluye deudas como impuestos, alimentos, indemnizaciones por responsabilidad extracontractual y créditos universitarios. También se deben arreglar algunos errores en el plano jurídico, que tiene muchos defectos en conceptos básicos.

- ¿Qué debería hacer la superintendencia frente a los resultados del sistema?

-La superintendencia promueve la reorganización y se creó una infraestructura para lo que las autoridades de la época estimaban en 20 mil casos al año, pero nunca han llegado a más de 3 mil. Creo que las renegociaciones se van a mantener estables, si no a la baja.

Lo más leído