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Sigue la disputa: Trabajadores de Latam defienden legalidad del fin de la huelga

Sindicatos denuncian una maniobra de la compañía para que Latam sea considerada empresa estratégica y los trabajadores pierdan su derecho a huelga.

Por: Lourdes Gómez | Publicado: Jueves 26 de abril de 2018 a las 14:44 hrs.
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Esta tarde el sindicato de tripulantes de cabina Lan Express insistió en la legalidad del término de la huelga que ejecutaron durante 16 días, pese a los cuestionamientos de la compañía a dicha medida.

"Esto nos parece completamente inaudito. Aquí queda demostrado que la intención de la empresa en todo momento fue empeorar nuestras condiciones, y por eso no acepta el fin de la huelga. Se hace evidente que todo lo que han dicho respecto a nuestras peticiones era falso, ya que ni siquiera aceptan seguir con el contrato anterior", manifestaron en un comunicado.

Reconocieron, a su vez, que la opción de terminar con la medida es "completamente legal" y acorde a la legislación actual, y a su juicio es la mejor forma de proteger y resguardar los derechos de los trabajadores del sindicato.

También increparon a la directiva de Latam por no solicitar servicios mínimos que garantizaran seguir operando durante la huelga. Para ellos, esto fue "un claro indicio de su intención de paralizar al país para presionar a que se considere a Latam como empresa estratégica donde los trabajadores pierdan su derecho a huelga", manifestaron en conferencia de prensa.

Estas son las bases del fin de la huelga:

1.- Con fecha 23 de marzo la empresa presentó su última oferta conforme al artículo 346 del Código del Trabajo.

2.- Dicha oferta cumplía con los requisitos del Artículo 357 del Código del Trabajo, lo que permitió a la empresa ofrecer a los trabajadores reintegrarse a sus labores a partir del día 16 de la huelga, plazo que se cumplió ayer. Los trabajadores que se reintegraron lo hicieron con las condiciones y beneficios establecidos en dicha última oferta, tal como señala la ley y tal como comunicó la empresa en los múltiples mensajes que emitió promoviendo el descuelgue.

3.- Atendida la intransigencia de la empresa, que se ha negado explícitamente a reunirse con el Sindicato desde el martes 17 de abril, desatendiendo incluso la invitación de la propia Dirección del Trabajo, del pasado día lunes 23, a la cual no concurrió; la asamblea aprobó la suscripción de la última oferta del empleador, vigente desde el 23 de marzo de 2018, lo que se notificó a la empresa y a la Inspección del Trabajo el día de ayer, poniendo fin a la huelga legal.

4.- Con fecha de hoy, la empresa ha señalado desconocer la atribución que nos asiste de poner término a la huelga y suscribir la última oferta. Es inaudito e incomprensible que una empresa entienda que el sindicato no puede poner fin a una huelga legal, toda vez que este es un derecho que ejercen los trabajadores. No deja de sorprender que, dado el enorme impacto que la huelga ha tenido en el país, generando dificultades de distinto tipo a lo largo del territorio, lo que la empresa ha lamentado públicamente; sea la misma empresa la que pone todo tipo de obstáculos al restablecimiento de las operaciones normales de la compañía.

5.- La doctrina de la Dirección del Trabajo y de los Tribunales ha sido consistente en señalar el derecho de la comisión negociadora de los trabajadores a suscribir la última oferta vigente en cualquier momento de la negociación. Este es el derecho que hemos ejercido. Sería absurdo que se pudiera entender que dicha última oferta sólo está vigente para el descuelgue individual de los trabajadores, pero no para la decisión colectiva del sindicato, que es la legítima contraparte en el proceso de negociación.

6.- Hacemos un llamado a la empresa a abandonar las prácticas dilatorias, a asumir el resultado de esta negociación y reestablecer a la brevedad las operaciones, en beneficio de nuestros pasajeros.

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