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Caso Yarur vs. Yarur se traslada a corte inglesa y juez congela activos de ex SVS

El magistrado aplicó la jurisprudencia conocida como Black Swan, que trata sobre activos en territorio internacional.

Por: Equipo de Finanzas | Publicado: Viernes 12 de febrero de 2016 a las 04:00 hrs.
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El enfrentamiento entre Jorge Yarur y Daniel Yarur Elsaca amenaza con convertirse en uno de los más polémicos y extensos del sector financiero local.

Esto porque a pesar de que en 2014, el Tercer Tribunal en lo Penal decidió absolver al ex superintendente de Valores y Seguros, en el marco de un sinnúmero de acciones judiciales en su contra, por los cargos de apropiación indebida de cerca de US$ 60 millones, de propiedad de Jorge Yarur Bascuñán, mientras administraba sus bienes entre 1999 y 2010.

Pero ahora el caso se trasladó a Inglaterra. Esto porque el juez Edward Bannister decretó medidas precautorias judiciales sobre cinco compañías del ex regulador, que fueron creadas en el paraíso fiscal de las Islas Vírgenes Británicas.

Las cinco compañías del también ajedrecista son Fintair Finance Corp., Hay’s Finance Corp., Cary Equit’s Corp., Alapinjdp Iinvesting Corp. y Euweland Corp., las que comparten un mismo domicilio en Road Town, Tórtola, capital de las Islas Vírgenes Británicas.

Esto luego de que el magistrado aplicara la jurisprudencia conocida como Black Swan, que se refiere a casos en los que activos en disputa se encuentran en territorio internacional (ver recuadro).

El juez Bannister indicó en su resolución, que “aunque la pregunta acerca de la responsabilidad de Daniel Yarur Elsaca no la debe responder esta corte, mi opinión es que su intento de justificar su conducta en cuanto a la administración de los negocios de Jorge Yarur Bascuñán no ha sido hasta ahora bien recibida por los tribunales chilenos”.

Luego, el documento señala que “es de opinión de este juez que los recurrentes (Jorge Yarur Bascuñán) tienen un buen caso defendible (“good arguable case”) en contra de los recurridos y en contra de Daniel Yarur Elsaca (en Chile y en Estados Unidos)”.

Cabe recordar que en el proceso que se llevó a cabo en nuestro país, a pesar de que se acreditaron las transferencias bancarias hacia las cuentas del ex superintendente de Valores y Seguros, el mandato amplio que le fue otorgado por su primo en segundo grado, fue el que decidió el destino del caso.

Según comentó el fiscal a cargo, José Morales, “el mandato, por más amplio que sea, jamás debe ser utilizado en perjuicio del mandante. En este caso, aunque se acreditaron todas las transferencias, el tribunal no se pronunció sobre algún supuesto derecho de Yarur Elsaca a tener este dinero y sólo a que el mandato amplio le daba derecho a realizar cualquier tipo de acto jurídico con el patrimonio de Jorge Yarur”.

 

La jurisprudencia "Black Swan"

 

El origen del marco "Black Swan" tiene todos los elementos para convertirse en el guión de una película. Todo comenzó en 2007, cuando la compañía Odyssey Marine Exploration, con sede en Florida, EEUU, anunció el hallazgo, en aguas internacionales cercanas al estrecho de Gibraltar, de más de medio millón de monedas de oro y plata acuñadas en Lima, bajo el reinado de Carlos IV, que contenía un buque de guerra español. Su valor: 500 millones de euros. El tesoro fue extraído en la llamada operación "Black Swan" y transportado a EEUU. Ahí comenzó el problema. España, Oddisey y Perú -además de 25 de sus ciudadanos que aseguraban ser herederos-, reclamaron los derechos sobre el hallazgo. Un tribunal norteamericano le dio la razón al país ibérico, al sentenciar que no tenía jurisdicción sobre el asunto y que Odyssey debía devolver a España las más de 590.000 monedas de oro y plata.

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