Banca / Instituciones Financieras

Corte de Apelaciones se divide ante disputa entre operadores de criptomonedas y la banca

Mientras la tercera sala falló en contra de BancoEstado, la cuarta acogió la posición de Scotiabank.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Jueves 12 de julio de 2018 a las 13:47 hrs.
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La disputa judicial entre los operadores locales de criptomonedas –Orionx, CryptoMKT y Buda.com- con la banca, continúa su camino. Ahora el escenario es la Corte de Apelaciones, donde la tercera y cuarta salas dieron a conocer su veredicto, luego que los exchanges interpusieran recursos de protección para detener el cierre de las cuentas bancarias por parte de BancoEstado, Itaú y Scotiabank.

En el caso de Orionx con BancoEstado, que estaba radicada en la cuarta sala del tribunal de alzada, los ministros Adelita Ravanales, Mireya Lopez y María Riesco, decidieron acoger la acción de protección de la operadora y ordenaron a BancoEstado a proceder la reapertura de la cuenta.

Esta decisión va en línea con lo determinado hace algunos meses por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, quien también resolvió, como medida precautoria, ordenar la apertura de la cuenta.

Según la Corte, "los hechos que han sido denunciados efectivamente configuran una acción arbitraria e ilegal", por parte de BancoEstado.

Esto, pues la justicia determinó que "se ha cerrado la cuenta de depósito a la vista por una política del banco acordada con posterioridad a la celebración del contrato y no por las causales expresamente pactadas como ocurre con la generalidad de los clientes; afectando además el desarrollo de una actividad económica no contraria a la ley y que requiere la aludida cuenta para operar".

Un aspecto que fue valorado por el tribunal es que "los nuevos modelos de negocios que las comprenden, producto del desarrollo tecnológico y del ingenio humano, en que se vislumbran como nuevas formas de inversión y de pago no constituyen en sí una actividad económica ilícita y no pueden ser identificadas necesariamente con la comisión de hechos delictuales".

Ante la necesidad de la compañía presidida por Arturo Tagle, de evitar actividades que estén asociadas al lavado de activos o el financiamiento del terrorismo se pueden realizar de otra manera, evitando el cierre de una cuenta a un operador de monedas virtuales.

"Puede cumplirse por vías menos gravosas que la adoptada y en consecuencia, el acto de cierre de la cuenta de depósito a la vista de la actora deviene en arbitraria, por falta de razonabilidad, e ilegal, por vulnerar el contrato pactado con su cliente, al no configurarse las causales en virtud de las cuales podía cerrar la cuenta", sostiene la sentencia.

La compañía estatal aún puede apelar ante la Corte Suprema.

El caso de Scotiabank

Escenario distinto al primero se dio en el caso entre CryptoMKT y Scotiabank, pues la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago estableció acoger la tesis del banco canadiense y rechazar el recurso del exchange.

Según la corte, el cierre unilateral de la cuenta en Scotiabank no constituyó en "una acción arbitraria e ilegal", pues de acuerdo a las normativas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, cabe esta posibilidad, situación que era conocido por CryptoMKT.

En lo que respecta al "origen de los fondos que mantenía en la cuenta, provocada por un cambio notorio en el número de transacciones efectuadas y el monto total de las mismas, esta última no cumplía suficientemente con proporcionar al banco antecedentes que dieran cuenta de manera clara de dicho origen, sin existir un actuar caprichoso en su decisión, por lo que, al faltar tan necesarios supuestos, no cabe acoger la protección solicitada en este procedimiento cautelar"

Mientras que en el caso de Buda.com con Itaú, el abogado representante del banco y socio de Claro & Cia., Cristobal Eyzaguirre, ingresó nuevas pruebas estableciendo que "el origen de los fondos ingresados por Buda a las cuentas corrientes que tenía en Itaú no pudo ser suficientemente acreditado; y que, en razón de ello y los conocidos riesgos de la actividad de la recurrente, las áreas de prevención de lavado de activos de Itaú determinaron poner término a tales contratos".

A ello, Eyzaguirre ingresó como medio de prueba, considerándolo como "público y notorio", el hecho que "el comisario de la Brigada de Cibercrimen de la Policía de Investigaciones de Chile, don Danic Maldonado, recientemente alertó respecto a los riesgos de lavado de activos que conllevan los intercambios en criptomonedas y su posterior liquidación en dinero".

Situación que fue dada a conocer "en una nota de prensa publicada el viernes recién pasado por el Diario Financiero", señaló Eyzaguirre en el escrito. (Ver nota aquí).

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