Banca / Instituciones Financieras

Josefina Montenegro: acreedores deberán efectuar un mejor análisis de capacidad de pago de los deudores

Reguladora enfatiza que procedimiento educará tanto a los deudores como a los acreedores.

Por: Kharla Caniupán
 | Publicado: Lunes 4 de agosto de 2014 a las 05:00 hrs.
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Descartando tajantemente que el nuevo proceso de renegociación y liquidación de personas genere “incentivos perversos” la superintendenta de Insolvencia y Reemprendimiento, Josefina Montenegro, destacó que esta regulación “educa tanto a deudores como a acreedores”.

Mientras que para las personas se fomenta un consumo responsable, para los acreedores se vuelve fundamental “efectuar un mejor análisis de la capacidad de pago de sus deudores y del riesgo”.

Y es que con el nuevo procedimiento, asegura, se salda una “deuda histórica”. La entrada en vigencia del nuevo régimen es el próximo 9 de octubre, fecha a partir de la cual todos los deudores se podrán acoger a éste, siempre que tengan dos o más compromisos vencidos por más de 90 días, cuyo monto total sea superior a UF 80 y que no hayan sido notificados de una demanda de liquidación forzosa o cualquier otro juicio ejecutivo que no sea de origen laboral. Montenegro enfatiza que quienes estén en una situación de sobre endeudamiento e incapacidad de pago podrán acogerse a este nuevo proceso de insolvencia y reemprendimiento “voluntario, administrativo y gratuito”.

Descarta que se puedan generar incentivos perversos y que se merme la cultura de pago, ya que el procedimiento tiene requisitos de admisibilidad, que premian una buena conducta anterior. Además, tras terminar el proceso no se podrá volver a utilizar durante un plazo de cinco años.

Foco: buenos pagadores


La superintendenta hace hincapié en que este proceso es “equilibrado”, ya que hay beneficios tanto para deudores como para acreedores.

Primero, porque el deudor deberá cumplir requisitos y presentar los documentos necesarios -entre ellos una propuesta de renegociación o plan de pago- a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR), cuyos textos estarán disponibles en la página web y las oficinas de la entidad.

“El foco está en los buenos pagadores, en quienes intención de pagar. (Ellos) podrán enfrentar esta situación de sobre endeudamiento en forma transparente y responsable. Con este procedimiento al deudor se le insta a renegociar, que es más beneficioso que liquidar”, destaca.

Una vez comenzado el proceso, la SIR emitirá una resolución de admisibilidad y citará a acreedores. La reguladora explica que aquí comienza a regir la protección financiera concursal, que obliga a los acreedores a suspender las ejecuciones individuales e intereses moratorios, y el establecimiento de medidas cautelares, condiciones que se extienden hasta que termina el proceso: “Es un importante beneficio para darle tranquilidad al deudor a negociar con sus acreedores”.

Además, destaca que cada una de las audiencias se desarrolla en base a acuerdos. Sólo en caso de no encontrar el consenso necesario, un caso es derivado al proceso de liquidación judicial.

Incluso, si se generan situaciones fraudulentas existen herramientas para enfrentarlo: los delitos están tipificados, existen acciones revocatorias y el procedimiento se lleva de forma paralela a la liquidación.

Proceso transparente


La primera audiencia busca determinar el pasivo total, y en ésta participan todos los acreedores vinculados a un deudor, lo que les permite tener consciencia de la verdadera capacidad financiera de la persona.

De existir acuerdo, el paso siguiente es fijar una audiencia de renegociación, donde se analiza el plan de pago propuesto por el deudor, el cual debe ser aprobado por más de dos acreedores. De generar acuerdo, se termina el proceso. En caso contrario, continúa con una audiencia de ejecución.

Montenegro destaca otros beneficios de este nuevo proceso para los acreedores, como la disminución del costo de los procedimientos de cobranza, se ahorra el cobro para pedir la liquidación del deudor (debe consignar UF 200) y los acreedores pueden pedir el certificado de incobrabilidad una vez terminado el proceso, lo que les permite castigar contablemente el crédito.

En tanto, para los deudores, una vez terminado el proceso, se extinguen todos los saldos insolutos y la persona es eliminada de Dicom, “quedando el deudor rehabilitado para todos los efectos legales”.

Proyecciones


La fiscalizadora destaca que mantienen la estimación que tienen de la demanda que podría generar esta nueva regulación. Serían 106.849 los deudores que cumplirían con los requisitos para someterse al proceso, pero sólo 534 personas efectivamente participarían del proceso durante el primer año en vigencia.

No obstante, han circulado diversas estimaciones que arrojan números más altos, como la del ex subsecretario de Economia, Tomás Flores, que estima unos 17 mil casos para el primer año.

Montenegro no se refiere a esta estimación en específico. Lo que sí, explica que “si asimilamos la tasa de uso de EEUU a Chile, máximo podríamos llegar a los 3 mil casos, sin olvidar que no son peras con peras, sino peras con manzanas”.

Otro de los temas que preocupan a los oferentes de créditos es la aparición de los gestores de quiebra, mercado que surgió en EEUU.

La fiscalizadora destaca que esa industria se creó con un proceso que no contemplaba requisitos de entrada, cosa que no sucede en la regulación local. Además, reitera que procedimiento no necesita intermediadores y que la SIR tiene un rol facilitador y orientador.

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