Banca / Instituciones Financieras

Políticas de equidad de género se toman la negociación colectiva del Banco de Chile

La agrupación de trabajadores entregó la semana pasada seis propuestas sobre este tema a la administración del banco.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Miércoles 16 de mayo de 2018 a las 04:00 hrs.
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Las demandas por equidad de género no solo se están levantando desde las universidades -que incluso hoy están convocando a un paro nacional-, sino que también desde los sindicatos.

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La agrupación de trabajadores de Banco de Chile entregó el miércoles pasado en su tercera mesa de reuniones, en el marco de su negociación colectiva con la compañía, su propuesta de género y para conciliar la vida familiar con el trabajo.

El documento contiene seis puntos donde abordan el asunto. Desde el sindicato explicaron que ante estas problemáticas, la firma “puede contribuir a que tales desigualdades de género disminuyan”.

Entre las cosas demandadas por el sindicato está el pago de monto íntegro del bono por término de negociación “para cargos con jornadas inferiores a 30 horas semanales, de los cuales, el 80% son mujeres”, dice el petitorio.

Se pide también “prioridad para madres con hijos de hasta dos años para solicitar el cambio a una sucursal más cercana a la sala cuna donde se encuentre el menor”.

En esa misma línea, el sindicato solicita la reducción de metas de cumplimiento a las madres trabajadoras con hijos menores de dos años.

Además, requiere que el banco “extienda los derechos legales y contractuales de sala cuna a todos los trabajadores que tengan personal del menor otorgado por sentencia judicial”.

Definición de servicios mínimos

La definición de los servicios mínimos del banco viven hoy una jornada clave. En la cuarta sala de la Corte Suprema se desarrollarán los alegatos de la entidad financiera por el recurso de queja que ejerció en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Rojas y Guillermo de la Barra, luego que los ministros resolvieron confirmar la sentencia de primera instancia en que declararon la incompetencia para conocer la definición de los servicios mínimos ante un Juzgado Laboral.

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