Banca / Instituciones Financieras

Revés de la SVS: Suprema desecha recurso en contra de Corte de Apelaciones

Habían ratificado decisión del Consejo de la Transparencia que había ordenado entrega de información.

Por: Felipe Brión | Publicado: Miércoles 13 de abril de 2016 a las 04:00 hrs.
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Una vez más la Superintendencia de Valores y Seguros sufre un revés en tribunales.

Esta vez fue la Corte Suprema la que desestimó un recurso del regulador, luego de que la tercera Sala del máximo tribunal desechara el recurso de queja presentado por la entidad, dirigida por Carlos Pavez, en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Esto por haber ratificado la decisión del Consejo para la Transparencia, que había ordenado a la SVS entregar información sobre las sanciones aplicadas por la entidad a Roberto Guzmán Lyon, en marco del Caso Cascadas.

Tras haberse negado a ello a mediados del año pasado, la Superintedencia presentó ante tribunales, un reclamo de ilegalidad por el dictamen del Consejo de la Transparencia que los obligaba a entregar dichas carpetas, argumentando que “ésta una decisión ilegal que causa un manifiesto agravio a la legalidad objetiva, instando porque en definitiva se declare la ilegalidad y consiguiente anulación de tal decisión y por ende, se haga lugar en todas sus partes al presente reclamo de ilegalidad, ratificándose lo señalado por la Superintendencia de Valores y Seguros”.

En su sentencia, la Corte Suprema determinó que son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen y que sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectase el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.

En la propia sentencia de la Corte de Apelaciones, a inicios de marzo, se indicaba que “el presente reclamo de ilegalidad contraría actos propios de la Superintendencia de Valores y Seguros, que indican que entiende que las resoluciones sancionatorias que versan sobre sujetos fiscalizados, son públicas”.

Además, detalló que existe un interés público en la divulgación de la información requerida, cuya publicidad “propicia un control social respecto a la forma en que la Superintendencia de Valores y Seguros ejerce sus funciones, configurándose un caso de excepción al derecho al olvido”.

La multa

La SVS multó a Guzmán Lyon en UF 550.000 por infringir la Ley de Mercado de Valores en el artículo 53 que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir a la compra o venta de valores por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento. Además, por la infracción al artículo 52 de la misma ley que establece que es está prohibido efectuar transacciones en valores con el objeto de estabilizar, fijar o hacer variar artificialmente los precios.

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