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Superintendencia de Pensiones declara improcedente invalidar las resoluciones que aprobaron las fusión Cuprum-Argentum

Sin embargo, reconoció que los procesos realizados "no fueron los más idóneos" para alcanzar el resultado final.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Viernes 4 de marzo de 2016 a las 19:03 hrs.
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La Superintendencia de Pensiones finalmente resolvió declarar improcedente invalidar las resoluciones que aprobaron las polémicas fusiones de las AFPs Cuprum con Argentum y Provida con Acquisition.

En su resolución, el regulador dijo que los procesos de transformación y fusión de Argentum y Acquisition fueron llevados a cabo de una manera distinta a la que proponían los regulados.

"Así, mediante instrucciones expresas impartidas por esta Superintendencia, tanto AFP Cuprum como AFP Provida se vieron en la necesidad de llevar a cabo el proceso de fusión con sus matrices o controladores, previa transformación de éstas en administradoras de fondos de pensiones", indicó. 

Sin embargo, reconoció que los procesos realizados "no fueron los más idóneos" para alcanzar el resultado final, ya que pudo optarse legalmente por el mecanismo sugerido por los propios administrados.

Según la entidad, la condición señalada por la Superintendencia para llevar adelante las fusiones "era innecesaria", ya que implicaba la imposición de una exigencia adicional a los operadores de este sistema, la que no estaba claramente impuesta en el ordenamiento jurídico.

"En este sentido, resultaba factible acoger el procedimiento de fusión informado por las administradoras, lo que permitía alcanzar el mismo resultado, esto es, la reestructuración societaria", señaló la resolución. 

El regulador afirmó en el documentop que las AFP actuaron bajo el convencimiento de la legalidad del procedimiento instruido por la Superintendencia, lo que les otorgaba la confianza de estar obrando en el marco del ordenamiento jurídico vigente.

"No corresponde declarar la invalidación de las fusiones, en virtud de la doctrina de confianza legítima sostenida en la jurisprudencia uniforme de la Contraloría General de la República", afirmó. 

"Habiéndose limitado las administradoras a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, debe entenderse que éstas han actuado de buena fe", sentenció. 

 

 

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