Energía

SEC confirma multa a Guacolda por afectar operación del sistema eléctrico

Autoridad ratificó sanción por US$ 4,7 millones, por inclumplir la norma de mínimos técnicos del sector.

Por: Karen Peña C. | Publicado: Miércoles 7 de octubre de 2020 a las 04:00 hrs.
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La central opera en la región de Atacama.
La central opera en la región de Atacama.

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El comportamiento de la central Guacolda será analizado en la justicia. Luego de que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sancionara con US$ 4,7 millones a la central de AES Gener por incumplir la normativa eléctrica en cuanto a los Mínimos Técnicos -entendido como el mínimo de potencia bajo el cual la unidad termoeléctrica puede operar-, la empresa siguió intentando revertir la resolución sin éxito, provocando que hace sólo unos días el conflicto escalara a la Corte de Apelaciones.

La pugna detonó el 26 de junio del año pasado cuando la SEC sancionó a Guacolda por una infracción “grave” -y otra leve- por entregar información injustificadamente errónea, impidiendo garantizar la operación más económica para el conjunto de las instalaciones del sistema eléctrico, debido a que proporcionó valores del parámetro de Mínimo Técnico “sobredimensionados”.

Sin embargo, la firma presentó el 3 de julio de 2019 un recurso de reposición en contra de la decisión del organismo, asegurando que la información entregada por Guacolda al Coordinador Eléctrico no era errónea y que los parámetros del período previo a septiembre de 2017 correspondían a los reales, efectivos y justificados.

Así, a más de un año de la millonaria multa, el 21 de septiembre la SEC se pronunció declarando que “no ha lugar” el recurso. Entre los argumentos está que Guacolda se ha limitado a reiterar las alegaciones que hicieron al presentar sus descargos, por lo que el recurso debía ser rechazado en todas sus partes.

Desmenuzando el escrito de 22 páginas, la entidad enfatizó que la firma “entregó información referida a los Mínimos Técnicos de las unidades generadoras de la central que no era cabal, oportuna y veraz”.

Según explicó, Guacolda entregó valores que obedecían más bien a los obtenidos mediante ajustes o sincronizaciones, los cuales permitían que esas cifras pudieran ser aumentadas o reducidas sin necesidad de modificar las unidades generadoras. Un ejemplo de ello, detalla, es que ya en el año 2015 Guacolda había reducido los Mínimos Técnicos de sus unidades generadoras de 75 MW a 60 MW sin que conste que esa disminución haya obedecido a cambios en los aspectos físicos de esas unidades.

Consultada la empresa, volvió a marcar su defensa, en torno a que la unidad “cuenta con los mínimos técnicos más bajos del sistema y es la planta a carbón más flexible de Chile, lo que ha permitido acelerar la penetración de energía renovable en la región de Atacama”.

Agregaron que dado que no comparten la decisión de la SEC de multarlos, “recurrimos a la Corte de Apelaciones con la convicción de que la compañía ha actuado correctamente”.

Según consta en el Poder Judicial, esto se produjo el 28 de septiembre, donde la compañía presentó un recurso alegando ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la resolución ratificada. En un documento de 30 páginas, recalca que “resulta contradictorio que se pretenda calificar los parámetros informados por Guacolda como erróneos cuando se está reconociendo que eran efectivos y que respondían a la realidad de las unidades generadoras, aún cuando se cuestionen los motivos de esa limitación”.

Recientemente la Fiscalía Nacional Económica (FNE) tuvo bajo la lupa a la central Guacolda luego de que la Unidad de Monitoreo de la Competencia del Coordinador Eléctrico enviara antecedentes al reportar un valor “elevado y anormal” en relación a los costos variables de combustibles. Aunque la FNE consideró innecesario iniciar una investigación, sí remitió los antecedentes a la SEC para que continúe el análisis.

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