Entre Códigos

DF Constitucional| Constituciones en Latinoamérica: de la expectativa a la (dura) realidad

Los cambios constitucionales en la región han estado acompañados de promesas de mejoras en la calidad de vida de los ciudadanos. Décadas después, se demuestra que consagrar algo como un derecho no garantiza su cumplimiento.

Por: Marcela Vélez-Plickert | Publicado: Lunes 13 de enero de 2020 a las 04:00 hrs.
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En su artículo 66, la Constitución ecuatoriana garantiza el derecho a una vida digna, que contempla, entre otras cosas, el empleo. En el artículo 328 se garantiza un salario digno. Es parte de la lista de derechos incluidos en la Carta de 2008 para alcanzar “el buen vivir”.

A pesar de las buenas intenciones, más de diez años después de su aprobación, sólo 38,5% de los trabajadores ecuatorianos tiene un empleo adecuado, esto es, con ingresos iguales o superiores al salario mínimo.

Algo similar sucede en Bolivia. La Constitución aprobada en 2009 obliga (Art. 16) al Estado “a garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población”. Aunque se han hecho avances, diez años después Bolivia sigue siendo el país de América Latina con mayor porcentaje (20%) de su población subalimentada, según datos de la FAO.

Más allá de haber sido impulsadas por presidentes que se inspiraron en Hugo Chávez para buscar la reelección, ambas constituciones tienen otra cosa en común: se enmarcan en la tendencia que los académicos denominan Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano (NCL).

“Es una tendencia que comienza a finales de los 80 con reformas importantes. Se comenzó a introducir un catálogo de derechos más amplio, con metas programáticas”, explica Felipe Curco, profesor de Teoría Política en el Instituto Tecnológico Autónomo de México, y quien se ha dedicado a estudiar constituciones de la región.

A pesar de destacar los importantes avances que varios textos lograron, especialmente en ampliación de la democracia y combate a la discriminación, también reconoce que, en su mayoría, adolecen de un problema estructural. “En la letra todo parecía muy bien. Eran constituciones más ambiciosas con metas y expectativas”, afirma.

Pero, si bien las cartas latinoamericanas ampliaron su parte dogmática, no hicieron lo mismo con la orgánica, aquella que define la organización de los poderes e instituciones del Estado, entre ellos y con el ciudadano. “Esto implica que los compromisos sociales asumidos por el nuevo catálogo de derechos no se traducen en una mejora sustancial que remedie el déficit democrático. Tampoco se refleja en un aumento de las oportunidades, la esperanza de vida y la mejora de los espacios de decisión y control social”, agrega.

Los cambios constitucionales no han garantizado las ofrecidas pensiones dignas en Ecuador, donde el sistema de seguridad social podría quedarse sin fondos tan pronto como en 2023, si el Estado no garantiza los subsidios establecidos. Tampoco han fortalecido la democracia en Venezuela, como se propuso al impulsar la Constitución bolivariana de 1999.

A pesar de eso, es algo recurrente en los países de la región que se busque solucionar problemas sociales a través de cambios constitucionales.

Un anhelo constituyente

Mientras a Curco no le extraña que esta tendencia neo-constitucionalista tenga más cabida en Latinoamérica, con estructuras institucionales débiles, Javier Corrales, autor de “Fixing Democracy” y profesor en Amherst College, lo explica como la necesidad de las sociedades de cumplir con su ambición democrática.

“Hay un anhelo de democracia participativa y la gente piensa que con una Asamblea Constituyente se puede lograr ese momento, con ‘M’ mayúscula”, agrega Corrales. El académico sostiene que por eso la idea de reformar la Constitución ante una crisis resulta tan atractiva. “Hipnotiza a la sociedad civil; y se tiende a declaración de principios utópicos, se aprueban artículos con mucha ambigüedad, se quiere codificar todo”.

Esto puede explicarse en la debilidad de las instituciones, mal que aqueja a la mayoría de países latinoamericanos. Ante esta carencia, se buscaría “asegurar” derechos o medidas económicas consagrándolos en la Constitución.

Un problema, reconoce Corrales, es que si no hay capacidad (económica y organizacional) del Estado y/o las cortes para cumplir con las nuevas obligaciones, se crea una brecha respecto a las expectativas generadas al momento de la reforma constitucional.

Eso sí, como lo demuestran ciertas constituciones, como la de Colombia 1998 o Argentina 1994, las reformas enmarcadas en esta tendencia latinoamericana sí pueden ser un aporte en redistribuir los poderes entre los distintos actores del Estado, en reconocer y combatir la discriminación contra las minorías, y en democratizar el acceso a la justicia.

Voto, ¿derecho o deber?

Sólo 27 países, la mayoría latinoamericanos, obligan a sus ciudadanos a votar, o al menos a concurrir a las urnas, según el Instituto para la Democracia y Asistencia Electoral. Bélgica lo hace desde el siglo XIX, pero muchos países lo han desechado, incluyendo Chile en 2012.
Ante la fuerte caída en los niveles de participación electoral, especialmente en Estados Unidos y Europa, han ganado terreno propuestas de reintroducir la obligatoriedad del voto. La discusión de fondo es si el voto es un derecho, y por tanto debería ejercerse libremente; o si es un deber ciudadano. El principal argumento en contra es que masas no educadas políticamente influencien el resultado de una elección en base a otros incentivos de los candidatos (bonos, regalos, etc...) y no pensando en el bien del país. En su favor se argumenta la apertura democrática a todos los estratos sociales, ofreciéndoles la oportunidad de participar en la definición de las líneas de gobierno.

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