Industria

Antecedentes incompletos, incertidumbre por Visa Waiver y hasta una nueva ley en China: Las claves de la resolución del Registro Civil que echó abajo el contrato con Aisino

Pese a que desde la firma acusan “vicios y presiones en el proceso”, desde la entidad pública aseguraron que la decisión se ajusta a las Bases Administrativas de Licitación.

Por: Claudia Saravia | Publicado: Martes 16 de noviembre de 2021 a las 12:40 hrs.
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Hasta hace algunos días, el consorcio conformado por la firma china Aisino y la alemana Mühlbauer Group figuraba como el ganador indiscutido del proceso de licitación de la emisión de cédulas de identidad y pasaportes para los próximos diez años en Chile. Y sólo restaban los últimos trámites para concretar la suscripción del contrato. Eso, hasta el día de ayer. Pues, a exactamente un mes de haber dado el visto bueno a la adjudicación del concurso público por parte de Aisino, el Registro Civil decidió dejar sin efecto dicha resolución.  

Entre los principales motivos, la entidad pública señaló que si bien el 8 de noviembre de este año se solicitó al consorcio mediante una carta que explicara una serie de inconsistencias contenidas en sus propuestas, la firma declinó dar respuesta a dichos requerimientos y apuntó a la conclusión del proceso. Y pese a que Aisino acusa eventuales "vicios en el proceso y presiones en la decisión informada por la autoridad", el Registro Civil, por su parte, asegura que la decisión adoptada se condice con lo dispuesto en las Bases Administrativas de Licitación.

A través de un documento, el servicio detalló que a principios de este mes solicitó a la firma explicaciones respecto de determinados antecedentes entregados en la propuesta, como algunas correcciones manuscritas de la información;  justificar que los correos electrónicos que acreditaron los requisitos correspondían a correos institucionales; describir el contenido y alcance de la Ley de Seguridad de Datos aprobada hace unos meses en China; e indicar en qué medida concreta la empresa aseguraría el cumplimiento del Programa Visa Waiver.

Y a esto se sumó la solicitud de responder "por qué el adjudicatario acompañó en su propuesta antecedentes "incompletos o inconsistentes" referidos a información "no relacionados con bases de datos de huellas para acreditar experiencia en tiempos de respuesta", entre otros.

Asimismo, el Registro Civil indicó que la oferta presentada por Aisino contenía antecedentes que “intentan acreditar experiencia en tiempos de respuesta en identificación biométrica 1:1 y 1:N para bases de datos de 500 millones de huellas, sin que se desprenda con toda claridad que los proyectos tengan relación directa a datos de huella dactilares”. 

Y además señaló la existencia de datos “de proyectos no relativos a enrolamiento de usuarios para la emisión de cédulas de identidad o pasaportes de viaje”, en los cuales se nombra al ministerio de Seguridad Pública de la República Popular de China, y al Centro de Investigación para la Administración del Hogar del ministerio de Seguridad Pública del país asiático.

La respuesta de Aisino

Tras la solicitud realizada por parte del Registro Civil, el consorcio emitió una respuesta cuatro días más tarde, es decir, el 12 de noviembre. Y en ella, el representante de UTP Aisino, Rodrigo Romo, explicó que los datos requeridos en lo que se refiere a “antecedentes incompletos” y la justificación del uso de correos electrónicos institucionales, “ya que esta había sido aportada en el procedimiento licitatorio respectivo”, y no dio respuesta a lo solicitado.

Además, la firma señaló que “parte del requerimiento es consecuencia de una de las acciones interpuestas contra la resolución de adjudicación ante el Tribunal de la Contratación Pública” . Y respecto del requerimiento de información sobre la legislación aplicable en la República China, afirmaron que no es atingente debido a que “las bases de licitación internacional convocadas por el SRCei se rige exclusivamente por las leyes de Chile”.

Y aseguraron el cumplimiento del programa de la Visa Waiver durante toda la vigencia del contrato, contrario a lo sostenido por la Subsecretaría de Relaciones Exteriores que el 12 de noviembre y mediante un oficio reservado, señaló que según los antecedentes disponibles para esa fecha, “existe un alto grado de probabilidad que se ponga término a la elegibilidad de Chile para el programa de Visa Waiver con Estados Unidos”. Y que esta situación también podría afectar el programa de exención de visa con Canadá.

Por otro lado y según el punto N° 6 de la resolución emitida, Aisino se excusó de las explicaciones solicitadas argumentando que el procedimiento administrativo habría concluido con la resolución de adjudicación. Y recordó que en su opinión, “dado que los antecedentes ya habían sido oportunamente analizados, resultaría improcedente los requerimientos de nueva información”.

Pero el Registro Civil dijo algo totalmente distinto, y afirmó que “el procedimiento de licitación se encuentra actualmente vigente y no ha concluido, tal como señala Aisino”. Pues, según explicaron, el contrato comienza a regir una vez que este se encuentre “totalmente tramitado” y para eso es necesario el cumplimiento de los siguientes puntos: 1) se suscriba el contrato, 2) se dicte la resolución respectiva que lo aprueba, 3) que se cumpla el trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

Según indica el punto 20.7, letra g) de las Bases de Licitación, se faculta al servicio a dejar sin efecto la resolución respectiva “si el adjudicatario se le detecta información adulterada o inconsistente en los anexos o en el contenido de su oferta”.

Por lo que desde la entidad pública sostuvieron que “mientras dicho trámite no se cumpla, (...) la autoridad administrativa mantiene sus poderes de revisión, especialmente, para garantizar el principio de estricta sujeción a las bases”.

 

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