Industria

Comisión mixta rechaza fijar límite al consumo de agua y despacha proyecto que suspende el corte de servicios básicos

Mañana se votará la iniciativa en Sala, tras tres maratónicas jornadas afinando el texto definitivo.

Por: Magdalena Arce L. | Publicado: Martes 9 de junio de 2020 a las 13:18 hrs.
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Tras tres días consecutivos de un arduo debate, la Comisión Mixta del Congreso logró despachar a sala el proyecto de ley que suspende el corte de servicios básicos por no pago durante la emergencia.

El lunes, la instancia integrada por diputados y senadores estuvo hasta la medianoche definiendo puntos de controversia, quedando solamente pendiente para este martes la votación del inciso que establecía un límite al consumo de agua de 15 metros cúbicos (m3) por hogar, nivel sobre el cual no funcionaría la exención del pago.

Con cinco votos de rechazo, cuatro apruebo y una abstención, finalmente se descartó el límite al consumo. Cabe decir que tanto el gremio de sanitaria como el Ejecutivo, había planteado la necesidad de que existiera esto, como incentivo para cuidar el recurso hídrico debido a la megasequía que azota al país.

Asimismo, se excluirá de la aplicación de la ley a empresas, cooperativas y comités de agua potable rural con menos de 12 mil clientes al 18 de marzo de 2020.

Detalle del proyecto que será votado

Para la mañana de este miércoles quedó en tabla la discusión en sala de este proyecto.

De acuerdo a lo aprobado por la comisión mixta, en base a un borrador del articulado final, el texto legal tenía 10 artículos y fijaba que para los servicios de electricidad, gas y sanitarios, no podrán cortar por los 90 días siguientes a que se publique en el Diario Oficial, el suministro por mora en el pago a una serie de personas del 60% más vulnerable del país, adultos mayores o suspendidos laboralmente, entre otros, así como a instituciones como hospitales, cárceles, hogares de menores u organizaciones sin fines de lucro.

Las deudas contraídas desde el 18 de marzo se prorrotearán luego en un máximo de 12 cuotas. A este monto se le podrán sumar deudas anteriores, con algunos topes.

En el caso de servicios de telecomunicaciones, los usuarios -con o sin contrato- podrán optar a “la aplicación de un plan básico solidario de conectividad, sin costo y que no importe cambio numérico, por un plazo de tres meses”. Este plan tiene algunas características de velocidad de descarga, minutos o mensajes de texto liberados.

Además, se fijó que “las infracciones a lo dispuesto en la presente ley serán sancionadas de conformidad a la normativa sectorial respectiva” y que “los costos que irrogue para las empresas y cooperativas la implementación de esta ley, en ningún caso serán traspasados a los clientes finales”.

Además, el lunes en la noche ya se había definido que la medida no interrumpirá la cadena de pago al interior del negocio eléctrico, lo que en la práctica implica que el costo será asumido por las distribuidoras y no traspasado a transmisoras ni generadoras. En el caso de cooperativas, los pagos que deban hacer “podrán ser realizado en cuotas, en el mismo número de meses en que se prorratearán las cuentas de sus beneficiarios, sin multas, intereses ni gastos asociados”.

Finalmente, el texto también define que “las empresas y cooperativas deberán elaborar un registro y estadísticas de los solicitantes beneficiarios, en un plazo no mayor a diez días hábiles desde la publicación de esta ley, y deberán actualizarlo quincenalmente”.

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