Industria

SMA pone presión a Camanchaca para acelerar retiro de peces muertos por bloom de algas

Este domingo, la autoridad medioambiental le dio 24 horas para cumplir lo ordenado, ante retrasos en sus planes de contingencia.

Por: Magdalena Espinosa | Publicado: Lunes 12 de abril de 2021 a las 10:11 hrs.
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Bajo el contexto de la mortalidad masiva de peces producto de la floración de algas nocivas en el fiordo de Comau, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas provisionales prerocedimentales a la empresa Camanchaca por "retrasos en la implementación de su plan de contingencia", ejecutados en su centro de engorda de salmónidos llamado Porcelana, ubicado en la comuna de Chaitén de la Región de Los Lagos.

Lo anterior, se debe a que el 8 de abril la empresa reportó la mortalidad de 423.764 ejemplares, equivalentes a 1.056 toneladas de biomasa afectada. 

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El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, explicó en un comunicado difundido este domingo que "debido a retrasos en la implementación del Plan de Contingencia por parte de Camanchaca, hemos decidido establecer un plazo último para el retiro de mortalidad. El titular, ha dilatado de sobremanera el retiro de peces muertos, por lo que ahora tiene un plazo de 24 horas para ejecutar esta medida. El incumplir las instrucciones de la SMA, es una infracción tipificada en nuestra ley orgánica. Vigilaremos para que nuestra instrucción se cumpla de manera estricta."

La SMA ya había requerido a la empresa reportar sobre los avances en su Plan de Contingencia el 5 abril, luego de constatar mortalidad masiva de salmones. A razón del tiempo transcurrido, y aún no estando ejecutado el mismo, el organismo señaló que se trata de un riesgo para el medio ambiente y para la salud de las personas producto de las mortalidades de peces y su inminente proceso de descomposición, que justifican la medida ordenada.

De acuerdo con la instrucción de la autoridad ambiental, el traslado de peces muertos hacia el lugar de destino final debe realizarse en empresas de transporte autorizadas, ya sea marítimas o terrestres, las que deberán contar con elementos de control de derrames y/o fugas, para enfrentar contingencias en el traslado. El lugar de destino final seleccionado debe también estar debidamente autorizado, y puede corresponder a una planta reductora o un vertedero industrial.

Se deberá implementar un Protocolo de Recepción para su gestión adecuada, considerando que el ingreso de esta mortalidad se enmarca en una situación de contingencia, y para garantizar la normal operatividad de la instalación que recepcionará la carga, sostuvo la SMA. 

La empresa cuenta con un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la presente resolución, para entregar a la SMA un informe, indicando fecha y detalle de todo el procedimiento ejecutado, con fotografías fechadas y georreferenciadas, y la información que permita la trazabilidad de toda la mortalidad que ha sida extraída desde su centro de engorda a su destino final.

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