Construcción

Fisco deberá pagar $ 268 millones a empresa Icafal por aeródromo de Chaitén

Indemnización es por los mayores costos y plazos que significó la rehabilitación de la estación aérea para la constructora.

Por: Magdalena Arce | Publicado: Martes 4 de septiembre de 2018 a las 18:44 hrs.
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A tres años de interpuesta la solicitud, el 4to Juzgado civil de Santiago acogió parcialmente la demanda presentada por Icafal Ingeniería y Construcción y ordenó al fisco pagar una indemnización de $ 268 millones por mayores obras y plazos que significó la rehabilitación del aeródromo de Chaitén.

El monto incluye solo las obras por escala abatible, sumideros de acceso y por el mayor tiempo de instalación de faena, además de la restitución de las multas cursadas.  La firma constructora había pedido el pago de casi $ 7.000 millones por lo anteriormente expuesto.

El año 2008 hizo erupción el volcán Chaitén, lo que provocó graves e irreparables daños a esa localidad y su infraestructura pública, incluido el antiguo aeródromo.

Dentro del plan de reconstrucción de Chaitén, el Estado incluyó la rehabilitación del aeropuerto, para lo que invitaron a Icafal a participar en el estudio y cotización a trato directo del proyecto "Reposición Aeródromo Sector Chaitén".

En 2011 suscribieron el contrato bajo la modalidad a serie de precios unitarios. De ahí en adelante la constructora señala que "atendido el compromiso asumido por Icafal con el Estado de Chile, y no obstante los graves y reiterados incumplimientos contractuales de su contraparte, consistentes principalmente en el no pago de variaciones de obras (es decir, mayores cantidades de obras y/o servicios y obras y/o labores extraordinarias), su representada se encargó de terminar en tiempo y forma la referida obra pública fiscal, la que ya fue inaugurada por el Ministerio de Obras Públicas y las autoridades correspondientes, encontrándose plenamente operativa", señala la firma en el escrito.

Y agrega que "de esta manera el interés público detrás de esta obra pública fue íntegramente satisfecho, pero a costa de Icafal, ya que no le fue pagado una parte sustancial del precio del contrato relativo -principalmente- a mayores cantidades de obras y/o servicios y a obras y/o labores extraordinarias, no obstante haberse ejecutado todas ellas y encontrarse recibidas por la contraria".

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