Construcción

Transantiago: Chile se anota un triunfo en el Ciadi frente a dueños de Alsacia

Los empresarios colombianos Carlos y Francisco Ríos habían solicitado conocer toda la documentación usada para las bases de licitación del nuevo sistema de transporte, lo que fue rechazado por el organismo internacional.

Por: Por J. Troncoso | Publicado: Lunes 8 de octubre de 2018 a las 13:32 hrs.
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El gobierno de Chile se anotó un triunfo ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), como parte de la demanda que interpusieron los empresarios colombianos Carlos y Francisco Ríos por los perjuicios, vulneraciones y discriminaciones que habrían enfrentado –según ellos- en la operación del Transantiago, a través de sus empresas, Alsacia y Express Santiago Uno.

La empresa de capitales colombianos acusó que el Estado chileno tomó medidas que le ocasionaron perjuicios económicos y reputacionales, por lo que solicitó el pago de US$ 330 millones por supuestos daños, más US$ 15 millones de indemnización.

Por el contrario, el Estado chileno negó las acusaciones de incumplimiento de contratos y apuntó a que el default en el que cayó la compañía se debió a la estrategia de sobreendeudamiento que tomaron los accionistas acompañado de bajos aportes de inversión a las compañías.

Como parte del proceso, los hermanos Ríos habían solicitado conocer toda la documentación usada para elaborar las bases de licitación del nuevo sistema de transporte que está en marcha (hasta ahora sólo se han conocido los principios básicos del futuro concurso), lo que fue rechazado por el organismo internacional.

Según la defensa de Chile, el divulgar los antecedentes que solicitaron los demandantes tendría como consecuencia la vulneración del principio de igualdad entre oferentes, lo que a su vez –se sostuvo- resultaría en asimetrías de información que pueden generar graves distorsiones de mercado, frustrando así los fines perseguidos a través de la licitación: permitir al Estado obtener las mejores ofertas y condiciones de parte de los oferentes.

Además, se destacó que otorgar el acceso de un potencial competidor (en este caso, Alsacia y/o Express) a información sensible para la determinación final de las nuevas bases de licitación implica conceder a éste una ventaja indebida sobre otros posibles oferentes, quienes podrían impugnar todo el procedimiento argumentando que hubo competencia desleal.

"De ser exhibidos, el contenido de estos antecedentes afectaría el proceso de licitación para las nuevas concesiones de transporte público de Santiago, llegando incluso a viciar y frustrar la nueva licitación, lo que tendría un impacto negativo en la libre competencia en el mercado y obligaría al Estado a desarrollar nuevas bases de licitación, causando demoras y costos adicionales para el Estado chileno", sostuvo la defensa de Chile.

Esto fue acogido por el organismo internacional, que señaló en una resolución dictada el pasado 4 de octubre: "Debido a su naturaleza, el perjuicio que causaría la exhibición de los documentos a los demandantes no podría ser mitigado por una orden de confidencialidad. Una orden de confidencialidad limitaría la exhibición de estos documentos a los demandantes y a miembros de su equipo legal, protegiendo su confidencialidad frente al público en general, pero lo que se quiere evitar es precisamente divulgar la información solicitada a los demandantes".

Con todo, en opinión del tribunal, "el interés del Estado de mantener la confidencialidad de los documentos para preservar la simetría de la información dada a los oferentes y asegurar una competencia leal entre ellos es superior a la medida en que la divulgación de estos documentos promovería el caso de las demandantes".

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