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FNE votó contra impuesto a importación de bolas de acero de China

En votación dividida, se concluyó que el mercado del acero en Chile está altamente distorsionado. Representantes del Banco Central también estuvieron en contra.

Por: | Publicado: Miércoles 29 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
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Por Karen Peña

La semana pasada se dio a conocer la resolución final respecto a la investigación por eventual dumping –práctica que consiste en vender un producto por debajo de su precio normal- en las importaciones de bolas de acero forjadas para molienda originarias de China.

La Comisión Nacional Encargada de Investigar la Existencia de Distorsiones en el Precio de las Mercaderías Importadas, recomendó fijar un impuesto adicional de 5,6% a las internaciones de este producto por un año. Sin embargo, los detalles de la resolución no se hicieron públicos hasta ahora.

Según el acta de la sesión, pesó en la decisión la experiencia australiana y canadiense. En el primer caso, porque en ese país se realizaron dos investigaciones separadas, las que llegaron a la conclusión de que no había condiciones de mercado en China -tanto en las bolas para molienda, como en el de su principal insumo de ellas, las barras de acero-, por lo que se estima que es un mercado del acero distorsionado.

La conclusión de la comisión en Chile –que se inclinó por cinco votos a tres por fijar un impuesto- consideró que existe abundante evidencia de la intervención del gobierno de China, a través de distintos mecanismos y actores, en su industria acerera.

No concordaron con esto el presidente de la instancia y fiscal nacional económico, Ricardo Riesco, así como dos representantes del Banco Central.

“No concurre al voto de mayoría, ya que considera que los antecedentes que constan en la investigación no son suficientes para acreditar que en el mercado de las bolas de acero en China, durante el período investigado y respecto de las empresas indagadas, exista una situación especial de mercado, por lo que no correspondería reconstruir el valor normal”, establece el acta.

Plantea que, si se estimara que en esta investigación se acreditó esta situación especial de mercado y fuese necesario reconstruir el valor normal a través de un impuesto, “considera que ese solo hecho no habilita para prescindir de los registros contables de las empresas investigadas para calcular el costo de producción en el país de origen”.

Representantes del Central dijeron mantener dudas de la exactitud de la información que sirvió de insumo para la reconstrucción de costos y para establecer la existencia de dumping.

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