Minería

Golpe para Cerro Colorado: Tribunal Ambiental decide prohibir totalmente extracción de agua a pesar de aprobación de permiso de operación

La instancia estimó que, más allá de la legalidad de la evaluación ambiental, “no es posible observar condiciones de operación del proyecto bajo las cuales se pueda advertir que la afectación al sistema Lagunillas va a detenerse”.

Por: Karen Peña | Publicado: Viernes 31 de diciembre de 2021 a las 16:16 hrs.
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En el límite del vencimiento de la medida cautelar de extracción reducida de agua por 90 días decretada por el Primer Tribunal Ambiental para Minera Cerro Colorado, propiedad de BHP, la instancia no solo decidió mantenerla, sino también sorprendió dictando la prohibición por completo a la faena de extraer este recurso. Esto, en el marco de una demanda por daño ambiental contra la minera. 

De acuerdo a la resolución emanada la tarde de este viernes, el Primer Tribunal Ambiental determinó rechazar la solicitud de Minera Cerro Colorado y no levantar la medida cautelar, decretando el cese total de extracción de agua del acuífero Lagunillas por 90 días corridos o hasta que se acredite que no hay riesgo de afectación e incertidumbre.

Para el Tribunal, la sola probabilidad de amenaza de un posible daño o su perpetuación, hace necesaria la cautela jurisdiccional. Sumado a que en el análisis efectuado por el órgano colegiado se reconoce que no ha variado la situación crítica y de fragilidad del acuífero altoandino y que existen elementos relevantes de riesgo e incertidumbre que se mantienen en la actualidad.

Más aún, los magistrados Mauricio Oviedo, Sandra Álvarez (nueva ministra que juró recientemente y que debiera asumir la presidencia del Tribunal en enero) y Cristián López, han hecho hincapié en que pese a conocerse los efectos negativos de la extracción de aguas subterráneas del acuífero, no existen medidas o acciones inmediatas que corrijan tal afectación, sino solo hasta el cierre de las operaciones el 2023.

Otra de las razones expuestas por el Tribunal dice relación a que los antecedentes presentados por la empresa no acreditan un estado ambiental distinto del sistema Lagunillas que haga posible modificar las condiciones bajo las cuales se decretó la medida cautelar y que justifique una intervención menos intensa.

"No se logra dilucidar razonablemente con los antecedentes técnicos evacuados, el cese inmediato de la afectación, cuya magnitud deberá ser analizada para efectos de determinar la concurrencia de daño ambiental", aseguran los ministros.

Permiso ambiental 

La mantención de la medida cautelar se da a pesar de que la minera consiguió este martes la aprobación por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) complementaria del proyecto "Continuidad Operacional de Cerro Colorado" para seguir funcionando hasta 2023. Esta luz verde era clave para una eventual modificación de la medida cautelar que restringe la extracción de aguas para la operación. 

Para el Tribunal, la aprobación ambiental requería de dos condiciones para permitir la modificación o el alzamiento de la medida: poner término a un procedimiento administrativo y cumplir con lo ordenado por el Segundo Tribunal Ambiental y que el tribunal obtuviera los antecedentes técnicos y científicos necesarios para descartar el riesgo o incertidumbre al que está sujeto todo el Sistema Lagunillas.

Sin embargo, luego del análisis, se determinó que se reconocen elementos relevantes de riesgo e incertidumbre que se mantienen en la actualidad asociados a los niveles y sus efectos ecosistémicos en el entorno.

Asegura el tribunal que "los antecedentes invocados por la demandada no acreditan un estado ambiental distinto del Sistema Lagunillas que haga necesario modificar las condiciones bajo las cuales se decretó la medida cautelar y que justifique una intervención menos intensa".

Para los ministros, más allá de la legalidad del proceso administrativo de evaluación ambiental y de las medidas que en ese contexto se aprobaron, "no es posible observar condiciones de operación del proyecto bajo las cuales se pueda advertir, con una asentada certeza científica, que la afectación al sistema Lagunillas va a detenerse".

El Tribunal informó que remitirá los informes a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para que determinen las acciones administrativas y judiciales que correspondan, ya que al tribunal le llama la atención que los órganos de la administración del Estado con competencias de fiscalización y sanción no hayan desplegado sus amplias atribuciones para la protección del medioambiente, permitiendo la afectación a un ecosistema frágil, pese a la abundante información técnica recopilada a lo largo de los años.

También, se oficiará a la Dirección General de Aguas (DGA) para la fiscalización y reporte mensual al tribunal sobre el cumplimiento de la medida cautelar decretada, así como adoptar las acciones pertinentes para asegurar la paralización total de la extracción.

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