Retail

Carozzi se suma a Pepsico y demanda al Estado por Ley de Etiquetado de Alimentos

Además, cuestionó que se multe a supermercados, porque -dice- busca que ellos den una pelea ajena.

Por: José Troncoso Ostornol | Publicado: Viernes 28 de julio de 2017 a las 04:00 hrs.
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Pese a que ha pasado más de un año de funcionamiento, la Ley de Etiquetado de Alimentos sigue enfrentando a las empresas con el gobierno. Empresas Carozzi cuestionó la norma que instauró los sellos “Alto en” y restringe la publicidad de alimentos que los llevan dirigida a los menores de 14 años.

La empresa ligada a la familia Bofill, una de las más grandes productoras de alimentos, demandó para intentar revertir una sanción aplicada por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, que consideró ilegal la venta de ciertos productos con figuras decorativas en sus envases en abril, activo mes para el negocio de los chocolates y golosinas por Pascua de Resurrección.

La acción interpuesta ante el 15º Juzgado Civil de Santiago se suma a la que presentara en mayo por Evercrisp Chile, filial de la gigante Pepsico, que pidió anular una resolución que le prohibió usar en los envases de sus productos Cheetos y Gatolate las figuras decorativas.

Los productos cuestionados de Carozzi son sus chocolates con forma de conejo Fortunato, que se venden bajo la marca Costa.

Aunque la compañía reconoce que la norma busca evitar la obesidad, “la aplicación ha llevado a una serie de errores y confusiones”, dice la acción liderada por el abogado Mauro Dellafiori.

Marcas registradas

La defensa de Carozzi apuntó a que la autoridad no puede acusar de publicidad ilegal los elementos figurativos de los envases cuando están registrados ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

“La sanción que afecta económicamente a mi representada resulta ser del todo desproporcionada e ilegal (…) El fiscalizador no puede revisar la manera o forma o disposición de los elementos figurativos de los envases de las empresas, cuando estos ya han sido registrados como marca, pues, ello sería una intervención a las competencias del organismo que otorga las marcas comerciales”, sostuvo la compañía, añadiendo que la controversia se circunscribe “exclusivamente a un tema de interpretación de carácter subjetiva” de la Ley.

La firma dijo que con la sanción, se está prohibiendo el uso de los símbolos constitutivos de sus marcas, las que –dijo- están protegidas por la Ley de Propiedad Industrial, la Constitución y los tratados de libre comercio suscritos y ratificados por Chile.

El rol de los supermercados

Carozzi también cuestionó que la infracción haya sido aplicada a Cencosud, propietaria del hipermercado Jumbo de la Av. José Pedro Alessandri, Ñuñoa, en donde los fiscalizadores de la Seremi realizaron la visita inspectiva que resultó con la sanción.

“Lo que busca la autoridad sanitaria es que de una manera forzada las empresas que compran productos (almacenes, supermercados) se constituyan en fiscalizadores (…) Los supermercados, locatarios sean grandes, pequeños o medianos se ven obligados a ‘dar una pelea ajena’, en la que incurren en gastos de abogados y de tiempo, al verse enfrentados a una situación donde no les cabe responsabilidad”, sostuvo.


 

Seremi: figuras decorativas, aunque sean registradas, vulneran la ley

Para la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, la finalidad de la norma es prohibir toda publicidad de "alimentos altos en" dirigida a menores de 14 años. "No debiera hacerse consideración de si esa publicidad contiene o no elementos que constituyan marcas registradas. De lo contrario sería muy fácil vulnerar la norma, ya que bastaría el simple registro de marcas figurativas, que sean consideradas como publicidad dirigida a menores de 14 años, para obviar la aplicación de la ley, lo que parece estar absolutamente alejado de la voluntad de la autoridad y del legislador, ya que lo que se pretende es precisamente prevenir situaciones negativas a la salud pública", dice la resolución de la autoridad sanitaria, dictada el 7 de julio de este año, y que fue impugnada por Carozzi. El producto cuestionado, según la Seremi, presenta la forma de un chocolate que representa un conejo comestible, dentro de una caja de cartón de varios colores. En su cara frontal el envase rotula como Alto en calorías, grasas y azúcares.

"Se constata que el envase que contiene el chocolate presenta en su cara posterior un árbol con huevos de chocolate y un conejo como figura, lo cual puede ser atractivo para menores de 14 años. También presenta el canasto la figura de un pequeño pollo color amarillo, lo cual se considera atractivo para menores de 14 años", dice la resolución sancionatoria apelada.

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