Salud

Los ocho puntos claves que considera la reforma al sistema de Isapres

Entre las situaciones que se buscan eliminar están las discriminaciones por género y edad y preexistencias a la hora de contratar un plan en Isapres.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Lunes 22 de abril de 2019 a las 10:45 hrs.
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El presidente Piñera acompañado del ministro de Salud, Emilio Santelices, darán a conocer en La Moneda la reforma al sistema privado de salud el cual busca, de acuerdo al gobierno, mayores grados de transparencia y solidaridad, abordando problemáticas que vienen siendo cuestionadas desde hace un tiempo como: las discriminaciones por género y edad y preexistencias a la hora de contratar un plan de Isapre. 

La reforma propuesta contiene entre sus elementos más importantes, los siguientes

1. Un nuevo contrato de salud que incluirá:
a) Un Plan de Salud Universal (PSU): que contiene el conjunto de prestaciones de salud que tendrán cobertura financiera las que estarán agrupadas en las siguientes categorías de prestaciones o servicios: Servicios ambulatorios; Servicios Hospitalarios; Servicios de Urgencias; Maternidad y cuidado del recién nacido; Medicamentos e insumos hospitalarios; Servicios y dispositivos de rehabilitación; Servicios de laboratorio y rayos; Servicios preventivos de la salud y de bienestar; Servicios para manejo de enfermedades crónicas y Servicios pediátricos.

b) Una Red de Prestadores a elegir: Los afiliados podrán recibir las prestaciones de su Plan de Salud Universal en un sistema de prestadores en libre elección o en una red preferente.

c) Un deducible voluntario: Monto a pagar en las primeras prestaciones y que serán de cargo exclusivo del afiliado, los que podrán optar entre tres tramos posibles, uno de ellos cero, con lo cual se puede disminuir el precio de la prima del Contrato de Salud.

d) Copago: el afiliado o sus cargas pagarán un 20% en cada prestación una vez agotado el monto del deducible pactado, si lo hubiera.

e) Contribución Solidaria: Es el monto fijo que los afiliados deberán pagar por cada beneficiario mayor de 18 años y que se destinara al Esquema de Compensación Solidario.

f) Monto anual máximo de bolsillo a pagar por beneficiario: Es el monto que se alcanza por la suma de los pagos de deducible y copagos durante un año, luego del cual no habrá más desembolsos de cargo del afiliado, logrando así una efectiva protección financiera para las familias. El límite es especial para cada beneficiario por lo que será acorde a su realidad económica y se calculará en base al 40% de los ingresos promedios anuales del grupo familiar del contrato el que se divide por el número de beneficiarios del contrato.

Los contratos serán anuales y solo se podrán suscribir dentro de las seis semanas anteriores al último día hábil del mes de junio de cada año.

2. Prima Plan de Salud Universal: Será el precio asignado por la Isapre a cada persona por el Plan de salud universal, la que deberá ser igual para todas las personas que se encuentren consideradas en la misma clasificación de "Grupo de Compensación".

El "Grupo de Compensación" es la clasificación que tendrá cada uno de los beneficiarios de un Plan de salud universal y que será determinada por el Esquema de Compensación Solidario.

3. Precio del contrato de Salud: Se configurará por la suma de la Prima cobrada por cada Isapre, más una Contribución Solidaria, más la Prima GES, más el precio del SIL, MENOS el monto de la Compensación Solidaria que recibirá cada afiliado. El precio NO podrá discriminar entre hombres y mujeres que contraten el mismo deducible y red, y tengan el mismo riesgo y edad.

4. Esquema de Compensación Solidario: Es el mecanismo que será creado para disminuir en forma significativa las diferencias de primas por edad, sexo y salud dentro del sistema de Isapres, y cuya finalidad será la de solidarizar los costos de dichos factores, mediante compensaciones que el Esquema de Compensación deberá realizar. En el cálculo de las compensaciones se consideran las variables más adecuadas para predecir el costo individual, las cuales se irán ajustando periódicamente.

5. Arancel de Prestaciones del PSU: Los costos de referencia de las prestaciones del PSU estarán determinados por un Arancel especial que propondrá el Comité Técnico de Salud y será establecido por decreto supremo suscrito por los Ministerios de Salud y Hacienda. Esto significa que ya no habrá dependencia de los Códigos Fonasa.

6. Consejo Técnico de Salud: Se creará un órgano de carácter técnico, dependiente del Ministerio de Salud, y que tendrá por objeto elaborar las propuestas que la ley le encargue sobre el Sistema Privado de Salud. Estará compuesto por 6 miembros y una Secretaría Ejecutiva radicada en la Superintendencia de Salud.

7. Plan Nuevo Asegurado: Con el fin de permitir un ajuste gradual de las características de riesgo a que se verán expuestas las Isapres con el nuevo sistema, y recabar la información necesaria para hacer los ajustes de riesgo, se establece un modelo de transición para el ingreso al sistema Isapre de las personas que están en otros sistemas de salud o que ingresen por primera vez, los que deberán suscribir el llamado "Plan Nuevo Asegurado" que contendrá las siguientes condiciones:

a) Las prestaciones del Plan serán aquellas que tengan codificación en la modalidad de libre elección del Fondo Nacional de Salud, además de las prestaciones GES.

b) Las prestaciones del plan serán otorgadas en una red de prestadores cerrados.

c) No estarán afectos a la Contribución Solidaria y no serán parte del Esquema de Compensación Solidario.

d) No podrán optar a Deducible, y habrá un copago del 40% en las prestaciones y servicios.

e) No podrán acogerse al Monto Máximo de gasto por Beneficiario.

f) Tendrá una duración de 24 meses, después de los cual se podrá contratar un Plan de Salud Universal.

8. Subsidio por Incapacidad Laboral: se mantiene el subsidio con los mismos beneficios pecuniarios de hoy, pero se separa la cotización ya que no entrará en el Esquema de Compensación. El precio del SIL será un porcentaje de la renta imponible con un máximo de un 2%. Cada Isapre tendrá un solo precio del SIL.

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