Telecom/Tecnología

TDLC rechaza solicitudes de Entel, Claro y Telefónica y deberán cumplir con devolución de espectro

Esto, a raíz de una consulta que había impulsado Conadecus para que las firmas cumplieran con esta medida.

Por: Andrés Pozo B. | Publicado: Miércoles 14 de noviembre de 2018 a las 16:37 hrs.
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ordenó a Entel, Claro y Movistar que deben concretar la devolución de espectro que dictaminó la Corte Suprema, independiente que la autoridad esté tramitando nuevos límites para la industria.

Esto, a raíz de una consulta que había impulsado Conadecus para que las firmas cumplieran con esta medida, a lo que las empresas se habían opuesto, alegando falta de oportunidad en la ejecución de la sentencia y de imposibilidad absoluta y actual para ejecutar las medidas ordenadas.

Según el escrito del TDLC, el primero punto se fundamentó en que "la enajenación de espectro ordenada en la sentencia no le es inmediatamente exigible, ya que ésta que se encuentra condicionada a: (i) que la Subtel adopte las medidas necesarias para llevar a cabo dicha enajenación; y (ii) que este Tribunal resuelva la consulta presentada por la Subtel para la revisión del límite máximo de espectro aplicable a cada operador".

Sin embargo, el TDLC rechazó esos argumentos. De este modo, para cumplir la sentencia de la Corte Suprema –que dijo que Telefónica, Claro y Entel han incurrido en una conducta anticompetitiva al adjudicarse bloques en la licitación del concurso público de la banda 700, sin respetar el límite de 60 MHz-, Claro y Movistar deberán devolver 20 MHz y Entel de 30 MHz, pudiendo ellas elegir la banda específica objeto de la enajenación.

Conadecus fue representada por los abogados del estudio Bravo. 

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