Telecom/Tecnología

MacOnline rechaza demanda en Chile por iPhone: "¿Por qué los equipos podrían ser calificados supuestamente como defectuosos?"

La empresa solicitó a la justicia declarar inadmisible la acción iniciada por una asociación de consumidores contra Apple y dos distribuidores, por supuestamente hacer más lentos los teléfonos móviles.

Por: José Troncoso | Publicado: Miércoles 20 de marzo de 2019 a las 10:13 hrs.
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La empresa MacOnline solicitó a la justicia chilena declarar inadmisible la demanda iniciada por la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (Odecu) en contra de la gigante Apple y dos distribuidores. La acción se da luego que la empresa con sede en Cupertino, EEUU, reconociera que con sus actualizaciones de software ralentizaba deliberadamente algunos modelos del teléfono iPhone a medida que se hacían "viejos".

Los dos distribuidores demandados son Reifschneider y MacOnline, esta última de propiedad de la firma tecnológica chilena Sonda, que es la responsable de la administración de las 20 tiendas que heredaron con la compra de Quintec en 2011. Este negocio aporta US$ 120 millones anuales al grupo, que desde hace varios años tiene en venta el negocio por no ser parte de su giro principal.

En un escrito presentado a la justicia el pasado 16 de marzo, el abogado de MacOnline, José Miguel Huerta, pidió revocar la admisibilidad de la demanda ya que, a su juicio, "no se cumple" ninguno de los requisitos que establece la Ley de Protección al Consumidor. "Odecu carece de legitimación activa para accionar en contra de MacOnline y la acción colectiva contiene un relato completamente ambiguo en cuanto a los hechos en que se funda, teniendo como consecuencia que no exista un mínimo de claridad acerca de las supuestas infracciones que habría cometido mi representada", dijo el abogado.

Añade que la acción judicial no especifica la participación que a cada uno de los demandados le cabría en los ilícitos denunciados y que no se fundamenta "razonablemente' cómo se pudo haber afectado el interés colectivo de los consumidores.

"Así por ejemplo, ¿Existe alguna señal en la demanda acerca de cómo habría actuado negligentemente MacOnline en la venta de equipos iPhone que realizó a los consumidores?, ¿Se señala cuáles son los términos, condiciones y modalidades que supuestamente deben ser respetados en la venta de equipos iPhone?, ¿Se esboza en qué habría consistido la publicidad engañosa cometida por mi representada? O, antes de eso, ¿Se hace alguna referencia a la publicidad que despliega mi representada?, ¿Por qué los equipos iPhone vendidos por MacOnline podrían ser calificados supuestamente como 'productos defectuosos'?, ¿Qué sería supuestamente defectuoso, los equipos iPhone o la batería que los compone? Estas preguntas, y la ausencia de respuesta a las mismas, demuestran que Odecu no realiza imputaciones claras en la demanda", señaló el abogado.

La acción judicial

A fines del año pasado, Odecu inició una demanda para, según dijo, "cautelar" el interés colectivo de los consumidores, quienes como clientes adquirieron teléfonos IPhone, los cuales –se sostiene en la acción- presentaban un funcionamiento deficiente, sea por sufrir de apagados intempestivos o por mostrar un funcionamiento más lento.

"Esto último se debía a que los sistemas operativos de los equipos fueron actualizados con parches de software transmitidos remotamente por Apple a través de internet y que tenían por objetivo, entre otras cosas, 'ahogar' el funcionamiento del procesador y ralentizar los equipos anteriores al último modelo, supuestamente para 'mejorar la experiencia' de los usuarios", dice la demanda.

Se añade que ello jamás fue informado a los dueños o usuarios de estos equipos y, por el contrario, fue decidido "deliberadamente y ejecutado" por el fabricante y sus distribuidores, ocultando información esencial de los productos a los usuarios, en particular, los efectos negativos que estas actualizaciones tendrían en los equipos.

La asociación sostiene que la incorporación de dicho dispositivo es un caso de lo que se denomina "obsolescencia programada", es decir, el uso de mecanismos para inducir a los usuarios a cambiar los equipos por un modelo más reciente, forzando una aparente pérdida de vigencia de determinados productos, reflejada en un funcionamiento más lento, derechamente defectuoso o un mal funcionamiento, con la finalidad de que los consumidores adquieran un producto nuevo, bajo la creencia de que se trata de uno más eficiente o de mejor funcionamiento.

Frente a esto, la entidad solicitó a la justicia que se obligue a los demandados a la reparación de todos los teléfonos iPhone afectados comercializados entre los años 2014 y 2017, de modo que una vez reparados permitan un buen funcionamiento similar al que dichos equipos tuvieron antes de las actualizaciones de los sistemas operativos.

En el evento de que la reparación fuere imposible de practicar o bien su costo fuere muy elevado, se pidió que se disponga que las demandadas deberán recomprar todos los equipos smartphones que, desde octubre de 2016, hayan actualizado sus sistemas operativos y ralentizados sus operaciones, al precio de mercado que se determine en la etapa de cumplimiento del fallo.

Junto a ello, se solicitó disponer la devolución del dinero pagado por los consumidores a consecuencia de servicios técnicos, baterías de reemplazo, o reparaciones solicitadas a consecuencia de los hechos descritos, así como al pago del costo de reemplazo asumido por los usuarios que ya fueron víctimas de las prácticas de Apple y efectuaron cambios de equipo.

Además, la asociación pidió una indemnización a cada uno de los consumidores chilenos que son usuarios de un smartphone iPhone afectados, equivalente a $126 mil anuales, a contar desde octubre de 2016 y hasta el pago real y efectivo de dicha suma, o bien la suma a determinar por la justicia.

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