Banca & FinTech

Portabilidad Financiera podría exigir alto número de trámites presenciales pese al Covid-19

El gobierno envió ayer el reglamento de la ley a la Contraloría para su revisión. El traslado desde un banco a otro podría retrasarse más de lo esperado, anticipan actores de la industria.

Por: Daniel Vizcarra | Publicado: Miércoles 12 de agosto de 2020 a las 04:00 hrs.
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Una serie de documentación deberán completar los clientes que quieran portarse. Foto: Agencia Uno
Una serie de documentación deberán completar los clientes que quieran portarse. Foto: Agencia Uno

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Uno de los proyectos “estrella” del gobierno está ad portas de transformarse en una realidad. Se trata de la Portabilidad Financiera, que buscará facilitar que personas, micro y pequeñas empresas trasladen sus productos financieros desde un banco a otro sin mayor dificultad.

A menos de un mes de que entre a operar este nuevo marco legal, el 8 de septiembre, el Ejecutivo ingresó el lunes el reglamento de la ley a la Contraloría General de la República (CGR) para su aprobación, y se detallan todos los pasos que deben seguir los clientes y las instituciones financieras para cumplir con el proceso.

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El reglamento firmado por el Presidente Sebastián Piñera y el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, establece que el banco (proveedor) que reciba la solicitud de portabilidad, “deberá determinar los mecanismos de autenticación y seguridad que estime necesarios implementar para validar la identidad y personería de las personas que ingresen una solicitud de portabilidad, pudiendo requerir que se acompañen o acrediten previamente determinados antecedentes para dar por completada la solicitud”.

Este punto, dice el lead consultant de Continuum, Ángel Valenzuela, podría entorpecer la portabilidad si es que los datos adicionales que se solicitan no son del todo conocidos por parte de los clientes.

“Hay datos que son muy específicos que deben ser conocidos por los clientes para formular la solicitud. Este debe conocer y entender bien sus productos para poder llenarla y, en base a eso, el proceso continúa”, dice el experto.

El formulario de cambio desde un banco a otro deberá contener entre varios aspectos: fecha de la solicitud, individualización del cliente y de la entidad financiera a la que se quiere portar, además de los datos del banco al cual pertenecía el cliente y del que se quiere marchar. También se deberá especificar los productos financieros (tarjeta de crédito, por ejemplo) que se quieren trasladar y los que se mantendrán vigentes con el actual proveedor.

Asimismo, el cliente que quiera portarse a otro banco deberá contar con una dirección de e-mail, número de contacto o cualquier otro medio tecnológico para ser contactado y una firma electrónica si se usaron medios digitales para presentar la solicitud de cambio.

Trámite físico o virtual

La ley permite que el proceso se pueda llevar a cabo de forma digital o presencial en las sucursales de las entidades financieras como los bancos, compañías de seguros, administradoras de mutuos hipotecarios, cooperativas, cajas de compensación, firmas dedicadas a los préstamos automotrices y otras entidades que están bajo la supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Este es uno de los principales puntos que podrían entorpecer la portabilidad ya que el reglamento establece que será la entidad financiera la que determine si el proceso y la solicitud de documentación se realiza de manera física en sucursales o remota. Lo anterior, podría resultar complejo considerando la dificultad que representa el Covid- 19 y el traslado de personas a las oficinas de los bancos.

“Ojalá las instituciones financieras privilegien los medios digitales para poder llevar a cabo el proceso, porque si se realiza sobre todo a través de medios físicos será más complejo, sobre todo en pandemia”, añade Valenzuela.

El consultor agrega que a través de medios digitales será más más sencillo cumplir con los plazos estipulados por la ley.

“Es mucho más rápido para cumplir con los tiempos, porque estos son bien escuetos. Para algunas operaciones son entre uno y tres días. Si no es a través de canales digitales, lo más seguro es que algunos plazos no se vayan a cumplir y se entre en otra discusión, sobre si los plazos son o no suficientes. Eso iría en desmedro del espíritu de la ley, que es facilitar la vida a los clientes”, apunta.

Los plazos

Una vez que el cliente de un banco entrega la solicitud de portabilidad a su futura entidad financiera, ésta presentará una oferta con los productos y condiciones, que tendrá una vigencia de siete días hábiles. Si el cliente acepta la propuesta, la nueva institución financiera tendrá tres días hábiles para pagar los saldos pendientes con el antiguo proveedor y pedir el cierre de los productos.

Certificado de liquidación

La industria financiera también tiene preocupaciones. Según ejecutivos de la banca, todavía resta conocer una regulación del proceso, que es el certificado de liquidación, es decir, el documento que el antiguo banco debe emitir para el cliente o la nueva institución financiera y que contiene la información de todos los productos vigentes.

El problema es que si la reglamentación del certificado de liquidación demora en publicarse, puede generar dificultades para ejecutar la portabilidad en los plazos correspondientes.

Para culminar este proceso, la Contraloría tiene 15 días hábiles para estudiar el reglamento y puede pedir una prórroga por la misma cantidad de tiempo.

Desde Hacienda, el ministerio encargado de la iniciativa, señalaron que "la Ley de Portabilidad Financiera incentiva y promueve la inclusión financiera de más de 13 millones de chilenos. Se trata de una iniciativa que profundiza la competencia del mercado financiero, lo que impulsará mejores condiciones de productos y servicios financieros para los chilenos y chilenas. Uno de los objetivos que persigue la ley es agilizar y simplificar el proceso de cambio de una entidad financiera a otra, con un marco de reglas y plazos claros. La mencionada ley, así como su reglamento, fueron preparados considerando los desafíos propios de una economía moderna, por lo que se preocupa de establecer, de forma expresa, que los trámites propios de una portabilidad pueden gestionarse de manera digital". 

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