Mercados en Acción

Corte Suprema hace reparos a la Ley de Bancos en nuevo informe solicitado por el Senado

Documento dice que el pago de multas como requisito para acceder a su impugnación por parte de los infractores debe ser repensado por el Congreso tras la jurisprudencia del TC.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Jueves 23 de agosto de 2018 a las 04:00 hrs.
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La antesala de la votación del proyecto de reforma a la Ley de Bancos ayer en el Senado fue un nuevo informe que emitió la Corte Suprema, en el que el Poder Judicial hizo por segunda vez reparos a la iniciativa.

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El documento fue requerido a petición del presidente de la comisión de Hacienda de la Cámara Alta, el senador Juan Pablo Letelier.

El texto hace alusión a las modificaciones que se introdujeron en la tramitación del proyecto ante la Cámara Baja en relación a las reglas sobre el procedimiento ejecutivo para el cobro de la sanción de una multa.

El primer punto que abordó la Suprema fueron los cambios que se hicieron a la iniciativa respecto de la competencia de los juzgados civiles para que la Tesorería pueda demandar a los infractores que están dentro del ámbito de supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), quedando radicado en aquellos tribunales correspondientes a su domicilio.

Esta modificación realizada durante la tramitación del proyecto fue valorada por la Corte, pues fue un planteamiento hecho anteriormente, ya que la norma original daba exclusividad a los juzgados civiles de Santiago.

Los reparos

Las observaciones que hace la Corte son dos. La primera se refiere a que dentro de la normativa que está en discusión en el Congreso respecto del pago de las multas de los supervisados se "considera firme la resolución de la CMF desde el rechazo total o parcial de los recursos de reposición y reclamación".

Esto va en concordancia con lo dispuesto en que "la multa deberá ser pagada dentro de diez días, contando desde que la resolución de la Comisión se encuentre firme".

Esta situación, a juicio del pleno de la Suprema, podría constituirse "una regla de solve et repete, de facto".

¿Qué significa? La Corte ve que aquellos afectados por una multa administrativa, deben pagar de forma previa una parte o la totalidad de ella como requisito para se impugne en los tribunales de justicia.

El Poder Judicial hace ver al Senado que "no debe perderse de vista que en más de una oportunidad el Tribunal Constitucional ha manifestado que los mecanismos de solve et repete trastocan la garantía de igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y garantía que protege el contenido esencial de los derechos constitucionales".

Así, la Corte Suprema manifiesta que está disposición en la Ley de Bancos debiera revisarse y pregunta a los legisladores "¿cuáles son las necesidades razonables que justifican esta posibilidad?".

El pleno de la Corte ejemplifica que el TC "se ha mostrado cauteloso" frente a la obligación de pagar una multa como requisito para acceder a una impugnación ante tribunales, incluso viendo la constitucionalidad del asunto.

Otro aspecto que debiera perfeccionarse, a juicio de la Suprema, son los plazos que establece la misma norma en cuestión para hacer valer las excepciones contempladas en el proyecto, que son cinco días.

Desde el máximo tribunal del país consideran que debiera estar ceñido a lo establecido en el Código Tributario para "facilitar el trabajo fiscal, de defensa y de los tribunales".

Al cierre de esta edición, aún no se iniciaba la discusión y votación del proyecto de modernización y legislación bancaria en la Sala del Senado.

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Banca aprueba test de tensión del Bco. Central por guerra comercial

Uno de los temas que abordó el Consejo de Estabilidad Financiera (CEF) en su sesión correspondiente a julio fue analizar los eventuales efectos en el sistema financiero de un posible recrudecimiento de la guerra comercial entre Estados Unidos y China.
Para ello, el Banco Central definió como panorama a los miembros del CEF "caídas del producto interno bruto de EEUU, aumentos en los premios por plazo y volatilidad en el tipo de cambio", detalla la minuta de la instancia.
Según la entidad presidida por Mario Marcel, los "aumentos en las tensiones comerciales tendrían efectos importantes sobre la rentabilidad y solvencia de la industria bancaria", dice el documento.
No obstante, considera que el "índice de adecuación de capital se mantendría por sobre los mínimos regulatorios para la mayoría de las entidades".
El Central comunicó a los integrantes del CEF que la banca chilena aprueba el test de tensión ante una mayor escalada de la guerra comercial.
Este resultado estuvo una vez cuantificados los efectos que tendría el escenario definido sobre el riesgo de crédito y mercado de la industria bancaria.
La industria bancaria no fue la única que fue sometida a prueba. También, el mundo de valores. Esta labor estuvo a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que evaluó el impacto de la guerra comercial sobre los fondos mutuos, intermediarios y emisores de valores.
Para este rubro el resultado también fue positivo. Según la CMF la guerra comercial entre las dos grandes potencias "no impacta la estabilidad del sistema financiero".
A comienzos de mes, el gerente general de grupo Security, Renato Peñafiel, destacaba que en distintas crisis internacionales "nuestra capacidad empresarial es extraordinaria nuestros empresarios las han sabido sortear de forma muy hábil".

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