Mercados en Acción

El detalle del proyecto de gobierno que busca simplificar el acceso de las empresas al mercado financiero en medio de la pandemia

Entre otras cosas, acorta a 10 días el período mínimo entre la comunicación al accionista del hecho que se realizará la junta y la realización de la junta.

Por: Diario Financiero | Publicado: Jueves 4 de junio de 2020 a las 17:07 hrs.
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No se trata de ayuda financiera directa, pero sí de simplificar el acceso de las empresas al mercado financiero, particularmente el financiamiento a través de bonos. Ese es el objetivo del proyecto de ley ingresado este jueves por el gobierno que engloba una serie de medidas para mejorar el funcionamiento del mercado financiero y que a continuación se detallan:

¿Qué establece para el sistema de pensiones?

1. Amplía el espectro de inversiones de los fondos de pensiones, permitiendo que puedan transar títulos de deuda no inscritos en el Registro que lleva la CMF, en bolsas de valores nacionales siempre que el emisor de tales valores se encuentre inscrito. Adicionalmente, estas transacciones deberán ajustarse a las condiciones que establezca la CMF mediante NCG.

2. Amplía el límite máximo de inversión en activos alternativos, establecido por el Banco Central, pasando de un 15% a un 20%.

¿Qué medidas propone para Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio?

1. Supedita las disminuciones de capital y el reparto de dividendos de las compañías de seguro al cumplimiento de requerimientos patrimoniales y de solvencia.

Respecto a las disminuciones de capital, las compañías que presenten una razón de fortaleza patrimonial, inferior a 1,2 veces, no podrán disminuir capital. Respecto al reparto de dividendos, las compañías que presenten una razón de fortaleza patrimonial inferior a 1,1 veces, no puede repartir dividendos, y entre 1,1 y 1,2 puede repartir sólo el 50% de las utilidades.

2. Entrega flexibilidad a la CMF para determinar el límite máximo de endeudamiento financiero de las compañías de seguro dentro de un rango determinado, dejándose un mínimo de una vez el patrimonio, existente actualmente, y un máximo de una vez y media el patrimonio.

3. Se modifican normas relativas a la clasificación de riesgo que requieren ciertas inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo, permitiendo que la determinación de dichas clasificaciones las efectúe la CMF y así permitir la acción de esta última ante contingencias.

4. Se modifican las normas aplicables para el tratamiento de excesos, en caso de que se superen los límites establecidos para las inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo, permitiendo que tales inversiones sigan siendo representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo por un tiempo, en caso que el incumplimiento no sea por causas imputables a la compañía.

¿Qué medidas de flexibilidad establece para el mercado de capitales  y las sociedades anónimas?

1. Para reducir los tiempos inherentes al proceso de inscripción del valor en el Registro de Valores, y considerando que quien efectúa la solicitud ya está inscrito en ese registro y, por tanto, ya cuenta con una adecuada supervisión y sistemas de información que le permiten cumplir con las obligaciones que requiere la ley, se establece una modalidad de registro automático que permite acortar el plazo de inscripción de máximos de 90 días que conlleva el proceso actual a sólo 1 día.  

2. Con el objeto de permitir que el proceso de clasificación de riesgo pueda ser realizado de manera paralela con el proceso de estructuración, se elimina la exigencia de contar con la clasificación al momento de inscripción. Pero de todas maneras necesitará clasificación de riesgo, al momento de la colocación.

3. Se acorta desde 15 a 10 días el período mínimo entre la comunicación al accionista del hecho que se realizará la junta y la realización de la junta.

4. Con el objeto de agilizar el proceso de emisión de deuda convertible en acciones, se permite el derecho a renuncia de la opción preferente en la misma junta de accionistas en que se acuerde la emisión valores convertibles en acciones. Con esto se acorta el periodo de emisión aproximadamente en 35 días.

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