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PlanVital pierde batalla contra regulador en la Corte Suprema por plan de cierre de sucursales

La administradora ya había presentado un nuevo proyecto de reestructuración a la Superintendencia hace unas semanas, en caso de que el máximo tribunal no le diera la razón.

Por: Daniel Vizcarra G. | Publicado: Viernes 14 de julio de 2017 a las 04:00 hrs.
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Un espaldarazo de parte de la Corte Suprema recibió la Superintendencia de Pensiones (SP), encabezada por Osvaldo Macías este martes, suerte que no han tenido otros reguladores durante el último tiempo.

La Tercera Sala del máximo tribunal resolvió mantener el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago de mayo pasado, el cual rechazó el recurso de protección presentado por AFP PlanVital en contra de la instrucción del regulador, que le impidió llevar a cabo su plan de cierre de sucursales.

La disputa entre la Superintendencia de Pensiones y la administradora comenzó a inicios de año, cuando esta última informó al regulador un plan de reestructuración que pretendía implementar, el cual consistía en el cierre de 15 sucursales y tres centros de servicios.

En ese momento la SP ordenó a la administradora cancelar dicho ajuste, señalando que los afiliados de la gestora podrían verse afectados con esa medida.

No conforme con la decisión del organismo encabezado por Osvaldo Macías, en mayo PlanVital llevó la diferencia a la Corte de Apelaciones y luego a la Corte Suprema.

Tras el fallo del martes, desde la Superintendencia de Pensiones, señalaron a través de un comunicado, que la resolución “constata que este servicio cuenta con atribuciones para supervisar la calidad de servicio que las administradoras deben proporcionar a las personas que están sirviendo”.

Agregaron que ambas resoluciones, la de la Corte Suprema ahora y previamente la del tribunal de alzada, confirmaron “que la Superintendencia de Pensiones siempre ha actuado apegada a lo que tanto la ley como las normas la obligan en su desempeño como organismo fiscalizador, que no es otro que la protección de los afiliados” y que “perseverará en su deber de cautelar el mejor interés de los afiliados”.

La decisión de la Corte

Desde la administradora no realizaron declaraciones tras conocerse la sentencia. De todos modos, fuentes cercanas a la administradora señalan que hay dos hechos relacionados a la decisión de la corte que causaron extrañeza.

El primero es que ambas partes, tanto la Superintendencia como la propia AFP, habían solicitado al máximo tribunal la posibilidad de que la apelación al recurso de protección fuera “previa vista de la causa”, es decir, que concediera a las partes la oportunidad de alegar en una audiencia. Sin embargo, la Suprema no recogió el requerimiento y sentenció el martes. El otro punto es que la Suprema no entregó argumentos en su fallo.

Otras fuentes del sector interpretaron ambos hechos como un espaldarazo a la resolución de la Corte de Apelaciones.

Nuevo plan

Por otro lado, a pesar de que en las declaraciones oficiales los ejecutivos de Planvital decían confiar en que la resolución de la Suprema sería a su favor, en los hechos mostraron lo contrario, o al menos que trabajaban en un plan B.

Y es que, hace un par de semanas, el 28 de junio, la administradora hizo llegar al regulador otra idea de reestructuración a la entidad.

Consultados en la Superintendencia al respecto, señalaron a Diario Financiero que se encuentran analizando dicho proyecto.

La decisión de la Corte Suprema viene a respaldar el actuar de la Superintendencia de Pensiones en un año que ha estado marcado por su actuar fiscalizador, y es que en lo que va de 2017 ya ha interpuesto más multas a las administradoras que en todo 2016.

A esto se suma, un nuevo frente para el regulador, el que a partir de ayer se encuentra enfrentado a otra administradora: Habitat, esto luego de que a través de un oficio la obligara a suspender su campaña publicitaria, que va acompañada de una encuesta respecto del 5% de cotización adicional.


 

Los argumentos de lado y lado

€ Según un escrito enviado a la Corte Suprema el 27 de junio, la Superintendencia de Pensiones argumentó la impugnación al plan de cierre de sucursales de PlanVital por el efecto que tendría la medida en los afiliados. De acuerdo al regulador, la disminución de 18 sucursales impactaba en la calidad de servicio de la AFP para con sus clientes. Esto, porque la administradora pretendía cerrar puntos de venta donde no hay otro centro de atención en kilómetros. Además, el organismo señaló que de haber sido informada por la AFP acerca de su plan de cierre de sucursales, podría haber declarado desierta la licitación de afiliados que ganó en enero del año pasado.

Por el lado de PlanVital, indicaron que la medida no afecta el otorgamiento de las prestaciones, pues dicha actividad, dijeron, no tiene lugar en las sucursales ni centros de servicios, sino que a través de transferencias bancarias, centros de pago y puntos de atención en bancos. Además, señalaron que en la licitación no se comprometieron a mantener su actual red de sucursales.

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