Pensiones

Día clave para la reforma de pensiones: el antes y el después del proyecto del Gobierno

Hoy a las 14:00 se inicia la discusión del proyecto para luego ser votado en la Sala de la Cámara de Diputados. Tras aprobarse, pasaría al Senado.

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Miércoles 29 de enero de 2020 a las 12:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Después de casi 15 meses, este miércoles a las 14:00 la reforma previsional -a la cual el Gobierno le ingresó indicaciones hace unas semanas- por primera vez será votada en la Sala de la Cámara de Diputados. Si es aprobada, pasará a su siguiente trámite legislativo en la Comisión de Trabajo del Senado.

Para que la iniciativa logre pasar al Senado, necesita obtener la mitad de los votos más uno de los diputados en ejercicio. Es decir, quórum calificado por contener materias de seguridad social. Actualmente en la Cámara hay 69 diputados del oficialismo y 86 de la oposición, por lo que el Gobierno no cuenta con mayoría. No obstante, con los votos de la DC, obtendría 82 votos y sólo necesita 78.

El estallido social llevó a que Gobierno replanteara la reforma que ya estaba en el Congreso, aplicándole radicales cambios, como por ejemplo, aumentando aún más la cotización, pero agregando un ítem de solidaridad.

A continuación un comparación de los dos proyectos: 

Proyecto original
El 6 de noviembre de 2018, el Gobierno ingresó a la Comisión de Trabajo de la Cámara un proyecto de ley que proponía una mejora de las pensiones solidarias, aumento de la tasa de cotización y la creación de nuevos beneficios para la clase media y las mujeres. Esta iniciativa implicaba un costo de US$ 3.500 millones.

  • Aumento de la tasa de contribución del 10% al 14%: el Ejecutivo había propuesto incrementar la tasa de cotización obligatoria para pensiones en 4 puntos porcentuales, de manera gradual en un periodo de ocho años. Este incremento sería de cargo del empleador en el caso de los trabajadores dependientes y del propio trabajador en el caso de los independientes.
  • Nuevas entidades para administrar el 4%: La reforma inicial buscaba que los trabajadores pudieran decidir libremente si aportar todo o parte del aumento de la cotización a su cuenta individual en la AFP o a una cuenta individual en entidades administradoras de planes de ahorro complementario. Estas administradoras de ahorro complementario para pensión podían ser filiales de cooperativas de ahorro y crédito, de cajas de compensación de asignación familiar, de compañías de seguros de Vida, de administradoras generales de fondos y de las AFP. Las administradoras podían cobrar una comisión sobre el saldo administrado y se les pedía mantener una reserva del 0,25% de los recursos acumulados.
  • Mejoras al Pilar Solidario: el proyecto original planteaba una diferenciación de los beneficios por cinco tramos de edad, comenzando entre los 65 y 69 años, y terminando con el tramo igual o superior a 85 años. En primera instancia, se aumentaría en 15% la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) y en 10% la Pensión Básica Solidaria (PBS). Luego, en un período de cuatro años, las PBS habrían subido entre 10% y 42% y las PMAS entre 15% y 47%.
  • Aporte a la clase media: la primera iniciativa planteaba la creación de un Aporte Adicional de Pensión para la Clase Media y de un Aporte Adicional para las Mujeres de la Clase Media. Sería financiado con recursos del Estado, para aquellos con un umbral mínimo de 16 años de cotizaciones en el caso de las mujeres y 22 años en el caso de los hombres. El documento precisaba que el aporte para la clase media para los jubilados sería de 0,15 UF por año cotizado igual o superior al umbral, con un máximo de 0,8 UF. Para los futuros pensionados el monto mensual será de 0,15 UF por año cotizado igual o superior al umbral. En el caso de las mujeres, al aporte anterior se sumaba al Aporte Adicional para las Mujeres de la Clase Media. "Este segundo aporte será, mensualmente, de 0,05 UF por año cotizado igual o superior a 16 años, con un máximo de 0,2 UF para las pensionadas adicionales a las 0,8 UF antes señaladas, pudiendo llegar en total hasta 1,0 UF. Las futuras pensionadas recibirán mensualmente 0,05 UF por cada año cotizado igual o superior a 16 años", se detallaba.

Nuevo proyecto
Durante la semana del 21 de octubre del año pasado, la iniciativa que fue ingresada en 2018 a la Cámara Baja, iba a ser votada en Sala (luego de haber pasado por la Comisión de Trabajo y la de Hacienda). Sin embargo, ocurrió el estadillo social y el proyecto quedó detenido hasta que retomó su discusión el 20 de enero pasado.

Mucha agua pasó bajo el puente y el proyecto que el Ejecutivo planteó en un principio cambió significativamente, terminando muy similar al que se presentó en la administración de la Presidenta Michelle Bachelet. La nueva reforma contempla un costo fiscal (sumando el incremento de las pensiones solidarias) de US$ 5.600 millones al 2050. 

  • Incremento de la tasa de cotización del 10% al 16%: hoy el Gobierno propone un aumento de la tasa de contribución en seis puntos porcentuales. Específicamente, establece un programa de ahorro previsional personal, financiado con tres puntos de cargo del empleador y un programa de ahorro colectivo solidario que será financiado con una cotización de 3 puntos también de cargo al empleador, pero con un préstamo inicial del Estado.
  • Se elimina el aporte de la clase media y los beneficios diferenciados por tramos de edad: en las últimas indicaciones presentadas por el Ejecutivo, se plantea que los recursos disponibles en el Fondo de Ahorro Colectivo Solidario se destinarán a financiar un beneficio mensual de carácter vitalicio, para las personas de 65 o más años de edad, pensionadas por vejez e invalidez declarada definitiva. El beneficio mensual ascenderá a 2 UF en el caso de los hombres y 2,5 UF en el caso de las mujeres, cuando el afiliado reúna 10 años de cotizaciones y 8 años de cotizaciones. Sin embargo, ayer la DC llegó a un pacto con el Gobierno en que el aporte para las mujeres suba a 2,7 UF. Con esto, se llegaría a un monto cercano a los $80.000, para aquellas que hayan tenido más de 8 años de cotización.
  • Alza de las pensiones solidarias en un 50%: El aumento de las pensiones solidarias que fue aprobado por una ley corta en diciembre pasado, se diferencia según tramos de edad: PBS desde 80 años sube desde a $110.201 a $165.302. PBS entre 75 y 79 años crece desde los $ 110.201 a $ 143.261. PBS menores de 75 años y Pensionados de invalidez se incrementa desde $ 110.201 a $ 137.751. También recibirán un incremento los pensionados beneficiarios de Aporte Previsional Solidario (complemento a las pensiones más bajas) en igual monto ($55 mil, $33 mil o $27 mil según el tramo de edad en que se encuentren: mayores de 80 años, entre 75 y 79 años y menores de 75 años o que reciban pensión de invalidez). Recién en enero del 2022, todos los beneficiarios de PBS y APS habrán obtenido un incremento del 50% en sus pensiones.
  • Nuevas entidades: se introdujo la creación de cooperativas que puedan gestionar los ahorros previsionales. Ningún socio podrá ser propietario de más de un 10% del capital social de la cooperativa y estarán bajo la exclusiva fiscalización, supervisión y regulación de la Superintendencia de Pensiones.
  • AFP deberán responder por pérdidas: Uno de los nuevos cambios propuestos que causó bastante polémica es el que indica que las administradoras deberán depositar en las cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias de los cotizantes y pensionados, hasta un 20% de las comisiones (efectuadas a la respectiva AFP) por depósito de cotizaciones periódicas y por retiros por en la renta temporal o en el retiro programado. Dicha devolución se calculará sobre las comisiones que se hubiesen pagado en el año calendario y cuando la rentabilidad real anual de cualquiera de los fondos de pensiones B, C, D y E, en que se encuentre el afiliado y, según corresponda, haya sido negativa en el mismo periodo e inferior a la rentabilidad real obtenida de un análisis de activos respecto de similares clases, según se determine por decreto supremo conjunto de los Ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda. Dicho decreto determinará el porcentaje de la devolución de comisiones.

Lo más leído