Pensiones

La fórmula que proponen los contadores para que los fondos de pensiones tengan un beneficio tributario

Propuesta implicaría que una empresa que tenga de utilidades por $100 millones, unos $ 6 millones se vayan a las cuentas de los trabajadores.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Viernes 18 de octubre de 2019 a las 10:46 hrs.
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Hay dos debates candentes a nivel político y económico que, inesperadamente, podrían terminar convergiendo: uno es el de la reforma tributaria, cuyo corazón -la integración- está en el centro de la discusión, en la medida que el Senado aún no logra un acuerdo en la materia. El segundo es el retiro de fondos desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), tema que se ha intensificado luego de recursos presentados por afiliados ante la justicia para obtener dichos dineros antes de jubilar.

Dos discusiones que han tensionado el ambiente político y que tienen un hilo conductor: el beneficio de la integración del sistema tributario. Aquello significa que con la propuesta del gobierno, el socio de una empresa podrá descontar en su impuesto personal el 100% de lo que pagó a nivel corporativo, crédito tributario que hoy solo alcanza al 65%.

Una propuesta del Colegio de Contadores apunta no solo a mantener el denominado "corazón" del proyecto del Ejecutivo, sino también hacerlo extensivo a los fondos de pensiones. En un documento enviado a la comisión de Hacienda del Senado, el organismo liderado por Mónica Pérez propone que el crédito por impuesto de Primera Categoría a las utilidades corporativas pueda ser utilizado por los fondos de los trabajadores al recibir utilidades desde las empresas en las que invierten.

¿Cómo funciona el mecanismo? Hoy, explica Pérez, un accionista persona natural de una empresa en el régimen semi integrado paga un 27% de impuesto por su sociedad, del cual luego puede descontarle el 65%, lo que resulta en una tasa de 9,45% que se suma a la tasa máxima del Global Complementario, que es del 35%. Esto deriva en una tributación total de 44,45%. Con la integración del sistema, dicho contribuyente estará afecto a una tributación total de 35%, ya que el 100% de lo pagado por la empresa puede descontarse en sus tributos personales.

Sin embargo, ambos créditos (del 65% actual y del 100% que propone la reforma) no pueden ser utilizado por los fondos de pensiones cuando reciben dividendos por las inversiones que realizan en empresas. Así, la propuesta del colegio plantea que los recursos que se ahorren gracias al citado crédito se destinen a las cuentas de los afiliados.

"Lo que proponemos es que el crédito de Primera Categoría se impute a las cuentas individuales de cada trabajador, cumpliendo el objetivo de un real beneficio y generando igualdad respecto del resto de los chilenos. Se debe desarrollar en forma proporcional para incorporar estos créditos en las cuentas de capitalización individual, inclusive, con efecto retroactivo desde que estos créditos existen y que se encuentran acumulados en las AFP", asegura Pérez.

¿De cuánto estamos hablando?

El Colegio de Contadores y su Comisión Nacional Tributaria elaboraron un ejercicio hipotético conservador, en base a la situación tributaria antes del primero de enero del 2017, cuando comenzó a regir el sistema semi integrado.

Así, una empresa con una utilidad de $ 100 millones cancela un 24% de impuesto ($ 24 millones), por lo que la utilidad a repartir sería de $ 76 millones. Asumiendo que una sociedad anónima reparte en promedio el 60% de sus utilidades, dichas rentas totalizarían $ 45,6 millones.

Sin embargo, al contar los dividendos con un crédito por el impuesto pagado por la empresa, la utilidad a repartir ascendería a $ 60,3 millones, ya que a los $ 45,6 millones se le suman $ 14,7 millones, que son el 24% de la utilidad a distribuir. A la persona le correspondería pagar en su Global Complementario $ 8,4 millones, pero que con el crédito de Primera Categoría se transformaría en una devolución de impuestos por $ 6,2 millones, monto que engrosaría la cuenta individual del afiliado.

"El accionista AFP no declara los dividendos, los reparte en los fondos de los trabajadores. El crédito de Primera Categoría que el Fisco pone a disposición de los accionistas (en este caso, trabajadores) no lo cobra nadie y se lo queda el Fisco. Los montos que el Fisco no ha entregado a los trabajadores por este concepto son miles de millones de dólares del año 1984 al 2016, período en el que hubo 100% de crédito, y entre 2017 y 2018 cuando el beneficio se restringió a solo el 65%", explica Pérez.

Los contadores esperan que la propuesta se incluya en el debate tributario en el Senado, cuya comisión de Hacienda votará la idea de legislar cerca del mes de diciembre.

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